El tema es el siguiente, resulta que el sr. A y su esposa otorga unos poderes amplisimos a uno de sus hijos para todos sus bienes. Tal dia como hoy el sr. A y su esposa van al notario a revocar dicho poder, y manifiestan que no es necesario comunicarselo al hijo que éste a lo sabe. Siete dias despues de la revocacion comparecen en otro notario la esposa, uno hijo y el otro hijo (el que tenia los poderes) y realizan una escritura de cesion por alimentos. Es decir los bienes del matrimonio los ceden a los hijos a cambio de alimentos pero el hijo comparece en su propio nombre y en el de su padre en virtud de ese poder que fue revocado.
El padre por su puesto no sabia nada ya ahora ve el pastel. ¿puede anular la escirura de cesion de alimentos? Gracias