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Revocacion de poder de pleitos y actos posteriores

3 Comentarios
 
Revocacion de poder de pleitos y actos posteriores
18/03/2011 21:45
Hola a todos.

Tengo una duda ¿puede un abogado despues de haberle retirado ó mejor dicho revocado un poder de pleitos; instar o proceder a la tasacion de costas a traves del procurador?

La revocacion la hice en un notario, y luego le envie un burofax a dicho abogado. Al procurador le envie un e-mail y un fax para que no ejecutaran nada.

Y en caso de que lo que hubiera echo el abogado no fuera legitimo o legal ¿que se puede hacer?

Un saludo atento y gracias anticipadas

Un saludo
18/03/2011 21:46
Una cosa solo que se me olvido poner en el correo anterior.

Solamente se hizo la tasacion de costas no la ejecucion de estas en contra de los demandados por mi parte.

Saludos
21/03/2011 21:55
Pido disculpas con antelación, por intentar hacer bumping en el foro. Pero es que me corre algo de prisa esto. ¿Alguien puede ayudarme con este tema?
Sobre la revocación de poder de pleitos y actos posteriores.

Lo siento y gracias anticipadas
22/03/2011 11:16
No puede. Puedes quejarte al Colegio e instar la nulidad en el Juzgado, siendo esto último algo discutible y seguramente ridículo, ya que se trata de un crédito a tu favor. Supongo que el bumping ese es dar un poco el coñazo ;)