Buenos días compañeros, si alguien pudiera echarme una mano, se lo agradecería...
Tengo un cliente que le suspendieron la pena de prisión con la condición de realizar trabajos en beneficio de la comunidad. No le han podido citar al SGPMA, correos ha devuelto la carta por desconocido en el domicilio. El Juzgado ha buscado otro domicilio, pero no le consta ningún otro.
¿Podría considerarse un incumplimento de la condición de realización de trabajos en beneficio de la comunidad y revocar la suspensión?
Muchas gracias de antemano.
Lo mejor será que su cliente ponga su nombre en el buzón de donde viva (tiene obligación de comunicar cambios de domicilio al Juzgado)... y coopere con el Juzgado / SGPMA.