En Noviembre del año pasado presenté escrito ante la Comisión de Asistencia jurídica gratuita al objeto de solicitar la revocacion del derecho a asistencia juridica gratuita que tenía mi ex. Un mes más tarde y por escrito pregunté a la Comisión cómo iba el asunto.
Pasados más de seis meses no tengo noticias de la Comisión de Asistencia Juridica Gratuita, es decir no se como está el asunto. Varias preguntas:
-¿Tiene la comision obligación de resolver? (Entiendo que si).
-Sino resuelve (no lo ha hecho aún), ¿que recurso puedo hacer?.
Muchas Gracias.
No conozco en detalle la correspondiente normativa, pero en principio tengo muchas dudas acerca de que un tercero pueda intervenir en ese procedimiento como interesado.
Gracias por contestar Juan. Creo que no me he explicado bien, he revocado la concesión del derecho a asistencia juridica gratuita que se va a emplear en mi contra, por tanto entiendo que soy interesado, vamos lo entiendo yo.
El artículo de la ley de asistencia juridica gratuita es el siguiente:
Artículo 19 Revocación del derecho
La declaración errónea, el falseamiento u ocultación de datos por los solicitantes de asistencia jurídica gratuita, que hayan sido determinantes para el reconocimiento del derecho, darán lugar, en todo caso, a su revocación por parte de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, que, a estos fines, tendrá potestades de revisión de oficio.
La revocación contemplada en el párrafo anterior llevará consigo la obligación del pago de todos los honorarios de abogado y procurador devengados desde la concesión del derecho, así como la cantidad equivalente al costo de las demás prestaciones obtenidas en razón de dicha concesión, sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden que, en su caso, correspondan.
Yo creo qu te has explicado muy bien. Pero si ves el mismo artículo que citas, dice que la revisión se hace de oficio. En mi opinión, tú puedes poner en conocimiento de de la Comisión los hechos o razones para que se pueda revocar el derecho, pero no implica que seas considerado como interesado en el procedimiento porque para ser interesado tendrías que ser titular de un derecho o interés legítimo. Como no eres interesado, no puedes intervenir en el procedimiento. Es algo así como si yo denuncio a un coche por saltarse un semáforo, mi denuncia se tramitará pero a mi no me van a contestar nada ni me van a dejar que participe en el procedimiento porque no soy interesado.
Eso no quita para que te hubieran contestado al escrito en el que preguntabas cómo iba y te dijeran que no te tienen que informar ya que no eres interesado.
Gracias de nuevo Juan. Entonces consideras que yo no soy titular de un interés legítimo individual.
Es decir, que a mi ex le concedan la asistencia jurídica gratuita, bajo una presunta ocultacion de datos relevantes para la concesión, y que esta concesión me "obligue" a contratar un abogado para defenderme, no supone que yo sea titular de un interés legítimo en el procedimiento, ¿no?. Te pregunto porque soy un profano y la verdad, me sorprende no ser titular de un derecho legítimo, porque la concesión (si es con ocultación de datos relevantes) me produce un perjuicio económico muy importante, ya que probablemente si mi ex tuvieses que acudir a abogado de "pago" yo me ahorraría gran cantidad de dinero y de preocupaciones. Reitero mi gratitud por tu contestación es de gran utilidad.
No es que yo crea de manera personal que no tienes ningún interés en el asunto. Lo que te he dicho no debes tomarlo como apreciación personal, sino como opinión jurídica.
Fíjate, en el caso del que se salta un semáforo, puedo ser interesado si al lado de ese semáforo tengo mi vivienda y por él cruza todos los días mi familia. Aún así, la ley no me reconoce como interesado en el procedimiento sancionador.