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revision renta y atrasos

4 Comentarios
 
02/12/2002 04:20
Asun,
Disculpa que te conteste tan tarde, y además por el error en cuanto a la fecha de la sentencia que te interesa ya que no sé por qué pero en vez de ponerte la fecha exacta (25/05/92) te puse la que aparece en el primer mensaje.... será porque estaba pensando en las musarañas al transcribir la misma.
Un saludo y espero que te sirva.
Susana
29/11/2002 11:58
Susana, he buscado la sentencia que citas de 25/05/02 y no la veo. Ese día el TS dictó siete sentencias (según la web del CGPJ), y cinco son de la Sala 3ª y dos de la Sala 4ª. Estoy muy interesada en leer esa sentencia. Soy la hermana de Belén.
Gracias
29/11/2002 05:58
Susana, muchas gracias
28/11/2002 12:06
Señalarte que no cabe retroactividad desde la variación de la renta, tal y como señalan varias sentencias del TS (p.e STS 14-08-1990 y STS 25-5-02 RJ 4381), y por ello si hay variación y no se notifica, las variaciones anteriores a esta notificación prescriben y no pueden exigirse. Solo podrán exigirte la actualización a partir del mes siguiente a la notificación por escrito (ten en cuenta que es válida la notificación realizada por medio de una nota en el recibo de la mensualidad del mes anterior)
Un saludo,
Susana
Revision renta y atrasos
28/11/2002 05:58
vivo en un piso en alquiler, y me tenian que haber actualizado la renta en julio,pero no lo hicieron, pueden ahora cobrarme las rentas atrasadas? o solo a pertir del mes que me lo comunican?