Contraro de arrendamiento suscrito en 1977.
En 1985 se casa una hija y deciden vivir en la vivienda juunto con sus padres titulares del derecho de arrendamiento.
1994 muere uno de los conyuges.
2002 muere la hija.El yerno hijo politico al encontrarse su suegra enferema decide quedarse a vivie y convive con ella hasta enero de 2010 que muere.
Este mes el arrendador admitiendo la subrogacion le dice que le va a cobra en adela te 600 Eruos.
La renta actualizada asciende a 150 Eruos
La subrogacion esta clara ¿como lo veis?
La renta que debe seguir soportando el subrrogado es de 150 Eruos o debe hacerse cargo de la comunicada 600 Eruos
La situacion del subrogado es precaria, no trabaja , no tiene ingresos de ningun tipo , ya que hasta ahora vivia de la pesnion de su suegra y una ayuda de 300 Eruos del Ayuntamiento.