Os expongo mi caso haber si me echáis una manita, He estado de baja aproximadamente 1 mes por dolor de espalda a causa de mi trabajo, y una vez el medico de la mutua me ha dado el alta y llevo dos semanas trabajando mi responsable me comunica por escrito que debo presentarme a una revisión medica, según me argumenta obligatoria.
En el escrito de la revisión me indica que debo someterme a una exploración, extracción de sangre y prueba de orina, todo esto fuera de horario laboral. Yo creo que nadie puede someterme a ninguna prueba medica sin mi consentimiento, creo que es ilegal. Pero no deseo meterme en problemas y me gustaría andar sobre segura.
La revisión médica es una obligación para la empresa y un derecho del trabajador.
Ahora bien, si una persona quiere renunciar a ese derecho, debe presentar esa renuncia por escrito.
Los resultados son confidenciales, Lo único que le llega a la empresa es el resultado APTO o NO APTO para el puesto de trabajo.
HOLA! Totalmente de acuerdo con mosca cojonera, Los resultados son confidenciales. Pero algunas Mutuas en sus informes, ponen algo más que APTO o NO APTO, sin que los trabajadores se enteren. Es más, le envían a la empresa los informes completos, para que sea ésta quien los reparta a los trabajadores. SALUDOS
Les envían los informes completos para que sea la empresa quien los reparta entre los trabajadores DE MANERA QUE LA EMPRESA NO LOS VEA, ES DECIR, EN SOBRE CERRADO, SI SE ENTREGA UN SOBRE ABIERTO SE DENUNCIA TAL SITUACIÓN Y A LA EMPRESA SE LE CAE EL PELO.
Es un tema muy serio, y dudo mucho que las mutuas den informes que vayan más allá de un Apto o No Apto a las empresas. Las multas son millonarias.
Si en lo que decís estoy de acuerdo, pero en este caso no es una revisión común de trabajadores, sino que me solicitan a mi sola una revisión, y yo estoy de alta y trabajando.
Entiendo que si me puedo negar a la revisión anual común con más motivo puedo negarme a una revisión que me quieren hacer a mi sola, y estando de alta, donde según mi jefe es obligatoria hacerla.
Creo que estoy en mi derecho en negarme a que nadie me reconozca sin mi autorización, ni por la mutua ni nadie, creo que una empresa no puede ejercer ese derecho de violar la intimidad y el honor de nadie no somos ganado para realizarnos reconocimientos medicos cuando ellos lo consideren oportuno, lo que no se es que tipo de delito es, ni si se puede denunciar.
Tienes toda la razón Silvyfont y también está bien razonado por el resto de compañeros. Sí que tengo que decir que en mi empresa cuando se reciben los resultados de las pruebas periódicas que efectúa la mutua, los sobres de los trabajadores normalmente se les envía a su domicilio y los que nos llegan nos llegan en sobre cerrado a su nombre. En ningún momento tenemos conocimiento sobre los resultados de las pruebas y análisis de los trabajadores, solo nos llega un APTO o NO APTO.
Tienes que tener en cuenta que la vigilancia de la salud solo se realiza si es aceptada voluntariamente por el trabajador. No específicas cual es tu puesto de trabajo o la actividad de la empresa, pero también tienes que tener en cuenta que es imprescindible que en determinados supuestos la empresa tenga que hacer reconocimientos, como por ejemplo, evaluar los efectos que puede tener un determinado puesto sobre la salud del trabajador. También se deben optar por pruebas o reconocimientos que causen las menores molestias y desde luego sean proporcionales al riesgo.
Si te negaras a someterte al reconocimiento después de haber sido dado de alta por una IT no tiene porque haber represalias, pero si te despidieran, lo más probable es que el despido se considerara nulo si la empresa no acredita que esa medida sea imprescindible.
Desconozco más sobre tu puesto de trabajo, pero si entiendo que solo se te hace a ti y fuera de la revisión periódica del resto de trabajadores, pues como menos creo que estaría en mi derecho de negarme.
La empresa tiene la obligación legal de velar por la salud de los trabajadores y minimizar los riesgos, también de asegurarse de que el trabajador sea APTO para el trabajo que se le encomienda.
Si tú ya has tenido una baja laboral a causa del trabajo que desempeñas (o sea accidente laboral o enfermedad profesional), en cumplimiento de la ley de PRL 31/1995 la empresa puede considerar que es necesario que te sometas a reconocimiento específico para tu puesto, para comprobar que seas apta o para averigüar si eres una persona "especialmente sensible" a los riesgos de ese puesto.
Y en vista de los antecedentes de problemas de salud en tu puesto A CAUSA DEL TRABAJO, considero que no te puedes negar.