Mi caso , accidente laboral , me despiden, voy al paro y me reconocen dos años de prestación,me reconocen una IPT en el tribunal superior de justicia , me ha mandado una carta el INS para hacerme una revisión, me han descontado toda la prestación de desempleo por ser incompatible. Esta es mi pregunta, tengo derecho a la prestación del INEM si por cualquier motivo me quitan la IPT. Tengo 60 años , muchas gracias por contestarme
He llamado a la seguridad social , y no lo saben si me toca paro , mi abogado lo esta mirando desde hace un día , ahora me voy a preguntar al INEM. Gracias por todo y buenos días
ppp por supuesto que tendrías derecho al cobro del subsidio de desempleo, pq según dices, por sentencia te han concedido una IPtotal, y por ello, te descontaron lo cobrado en el paro, al estar superpuestos dichas prestaciones.
A ver si me explico....tu cobrabas el paro, pero recae sentencia, y se retrotrae tu situación a una IPtotal, y por tanto cobras dicha pensión, descontando lo cobrado en el paro, luego es un dinero que se queda ahi pendiente......entiendes?...
Entiendo, que todavia sigues teniendo esos dos años de desempleo.....
Acabo de llamar al INEM , exponiendo todo lo reflejado por Dragocan, me han dicho que no , solo me pertenece por perdida de pensión 18 meses de subsidio o acogerme a mayores de 52 años, en lo que yo he dicho que no , un juez lo puede interpretar como paro no consumido. Le he puesto otro ejemplo , persona que obtiene una IPT , con la reserva del puesto de trabajo durante 2 años , ¿ que le pasa ha dicho trabajar si pierde la IPT a los tres años por revisión ?. Creo que en este caso puede haber una laguna legal , pudiendo interpretar de muchas maneras . De todas maneras mi agradecimiento a Dragocan. Espero respuestas de otras personas
ppp lo puesto por mi en anterior msn, era un supuesto que tengo muy claro, pero tu caso no es este, pq al tener concedida una IPTotal por todo un Tribunal Superior de Justicia, esta clarisimo que tu no tendrás paro, ya que para quitarte esa invalidez sería muy dificil, a no ser que se de una mejoría o curación de tu patología que no creo q sea el caso.
Asi que no te preocupes, pq ya eres pensionista de la seguridad social por mucho tiempo.
Lo que te dicen en el paro, habria que ver, si esos 18 meses que dicen que tienes derecho, sería pq al cotejar la pensión con el paro, osea, a ver si me explico. Imagina que cobraste 9 meses de paro, y la sentencia favorable de IPtotal se retrotrae 3 meses segun fecha de dicha sentencia, esta claro, que has cobrado seis meses de paro y tres de pensión, en el supuesto de que te quiten la pensión (cosa poca probable), te restarían solamente 18 meses de paro. Yo al menos lo veo asi, pero como no tengo fechas, lo tengo mas dificil de explicarlo. Porque de no ser asi, donde esta escrito, que al perder una pensión, tenga que perder tb. 6 meses de paro? y solamente cobrar 18 meses?......Saludos.
Ah se me olvido darte respuesta a tu pregunta. persona que obtiene una IPT , con la reserva del puesto de trabajo durante 2 años , ¿ que le pasa ha dicho trabajar si pierde la IPT a los tres años por revisión ?. Pues yo entiendo, que al haber pasado mas de dos años, ha perdido su puesto de trabajo, pq la empresa solo tiene que esperar dos años desde la resolución de invalidez, pasaria al desempleo, y cobraría lo que le corresponda, según lo cotizado. Salvo mejor opinión. Saludos.
ppp creo q es interesante leas esto: Reanudación de la prestación de desempleo:
En caso de suspensión de la prestación, el trabajador debe solicitar la reanudación del derecho en la Oficina de Empleo que le corresponda al finalizar la causa que determinó la suspensión, con la excepción de la suspensión por sanción, y siempre que el trabajador figure inscrito como demandante de empleo.
La reanudación supondrá el derecho a percibir la prestación por desempleo por el período que le quedara pendiente y con la base reguladora y porcentaje que le correspondiera al desempleado en el momento de la suspensión.
Que me dices ahora?....pues que si te suspenden la prestación de desempleo pq has pasado a ser pensionista de la seguridad social, y mas adelante te quitan esa condicion, puedes reanudar la prestación de desempleo.......exceptuando la suspensión del paro por sanción.......Saludos.
Dragocan , nuevamente gracias, ahora mismo mandaba el mensaje de la sentencia y se ha bloqueado con tu mensaje, pero te diré dos cosas , el paro empece 28.9. 2009 . por dos años y la sentencia dice con efectos desde el 28.9.2005 , o sea no he cobrado nada de nada del paro