Alguien sabría decime si hay forma de saber cómo va el tema de la revisión de la IPT? o sea, algo parecido al "cómo va mi prestación" pero para la revisión.
Tuve la misma hace unas 2 o 3 semanas y no aparece mi expediente.
Hola,
Yo inicié una revisión en Marzo a petición propia, y creo que no se puede ver los pasos intermedios. Según parece,no se inicia un expediente nuevo,sino que es el mismo que el de la IPT ,que en su web te aparecerá como finalizado.
En ese sentido vamos a ciegas. Yo la revisión la tuve a principios de junio (Madrid),y sin noticias hasta la fecha.
Si alguien en el foro ha finalizado recientemente un proceso similar, sería de gran ayuda saber los plazos desde el EVI hasta la resolución.
Un saludo.
Hola,
Aunque sigo sin noticias de este asunto, realicé una consulta a través del buzón web solicitando si me podían facilitar alguna novedad, ya que para el mes que viene harán los 135 días para el silencio administrativo. Su respuesta me ha dejado igual que antes:
"AGRAVACIÓN DE LAS DOLENCIAS ANTERIORES, SIN TRABAJOS POSTERIORES
Se tendrán en cuenta las limitaciones de plazos y edad establecidas en el art.
143 LGSS.
La pensión derivada a la revisión de grado se obtiene a partir de la base
reguladora originaria y, a la pensión resultante se sumarán las
revalorizaciones habidas desde la fecha de concesión inicial."
Tal cual. ¿Alguien con experiencia en tratar con el INSS sabe qué significa?
O simplemente lo que me parece, "sin novedad".
Agravación: Es la menos frecuente de todas, no es habitual que el INSS llame a revisión si se ha producido un agravamiento, puesto que podría conllevar un aumento de la incapacidad, y en consecuencia, un aumento de la pensión. Este tipo de revisión suele realizarla el propio interesado, al haber aumentado sus patologías y por lo tanto haberse incrementado sus limitaciones. Lo que yo entiendo según dice ahí es que x agravación te darán seguramente la absoluta si lo que tienes ahora es la total espero no equivocarme pero lo entiendo el así
Hola, avanzo en este tema. Vuelvo hoy de unos días de vacaciones,y me encuentro una notificación de correos de carta certificada del INSS. Justo se ha devuelto hoy. A diario, mientras he estado fuera he revisado mi seg.social,los SMS en mi movil y no ha habido cambio ni aviso alguno. Incluso ,como he indicado en este mismo hilo,he realizado un par de consultas en el buzón via web que habilita el INSS,y me han indicado que debo esperar la resolución.
He consultado en correos y no puedo recuperar dicha carta,y me debo poner en contacto con el INSS.
Esta misma tarde he podido hablar con ellos y quien me ha atendido no ha visto ninguna notificación pendiente en sus sistemas y me ha dicho que debo esperar a que me envíen esa carta de nuevo,pero que ella no podía acelerar o agilizar plazo alguno.Estoy perplejo..............
No sé si alguien del foro ha pasado por algo similar,ya que es bastante complicado este asunto.
Lo que sí me ha dicho es que,de cara a realizar cualquier reclamación,el plazo legal empieza a contar desde que el destinatario se da por enterado,y al haber sido devuelta la carta,no empieza a correr ya que no hay firma por mi parte de recepción de dicha carta. Y que incluso esa carta puede que sea otra notificación no relacionada con la revisión,ya que sería raro que me notifiquen algo que aún no está grabado en sus sistemas.
¿Sabéis desde cuándo empieza a contar de manera efectiva el plazo para la reclamación previa,si desde la fecha de recepción de la carta que consta en el aviso de llegada de correos (11/8) o si es lo que me han dicho en el INSS?