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Revisión de oficio.Legalización vivienda unifamiliar.

3 Comentarios
 
Revisión de oficio.legalización vivienda unifamiliar.
23/08/2016 18:42
Mi problema es esl siguiente:
Me compre una finca en la cual existia una contrucción y yo la rehabilite y la converti en una pequeña vivienda unifamiliar de 49 m2 un porche que agrande, cuando despues de 2 años de obras la cual realize yo mismo en compañia de mi esposa, un vecino me denuncio al Ayuntamiento, el cual como no tenia licencia de obra, me expediento y me ordeno derribar lo que habia construido, salvo que si solicitaba permiso de legalización de la obra, a la Comisión Regional de Urbanismo y se me concedía
me tramitarian la pertinente licencia de obra y posterior cedula de habitabilidad, me puse manos a la obra y despues de varios meses en Febrero de 2015 me concedieron la legalización de las obras de la vivienda, pero cual es mi sorpresa que hoy día 23 de Agosto me llega una carta certificada de la Consejeria de Urbanismo de mi Comunidad en la cual se me comunica, que con fecha 30 de Junio de 2015 , el vecino que me denuncio ha solicitado la revisión de oficio del acuerdo en el cual se me concede la legalización de la obra.
En estos momentos es tal mi confusión, que no se lo que hacer para solucionar este tema, si alguien me puede dar alguna idea se lo agradeceria.

Un saludo.
23/08/2016 20:44
jnepo
La revisión tiene por objeto determinar si concurre la causa de nulidad del art. 62.1.f), de la LPAC, sobre la licencia concedida sin el cumplimiento de los requisitos esenciales para ello. Que puede concurrir o no.

En todo caso, te recomiendo que guardes toda la documentación que tengas sobre la concesión de legalización de las obras, puesto que es un derecho adquirido y los gastos indemnizables en caso de declarar nula la legalización.
perfil veo
29/08/2016 03:16
jnepo
estoy de acuerdo, pero recurre al técnico que colaboró en la legalización, y a un abogado
no tengo clara la responsabilidad patrimonial municipal en el caso de una legalización ... porque la supuesta pérdida patrimonial no se produce por un gasto al amparo de una licencia, sino que la legalización es un pronunciamiento sobre algo existente
29/08/2016 09:36
jnepo
Entendiendo que con la legalización el interesado ha obtenido la licencia para las obras realizadas y la cédula de habitabilidad, considero que una revisión del acto de concesión de tales licencias, con declaración de nulidad de pleno derecho, comportará el deber de indemnizar los gastos causados para su obtención.

Efectivamente, no de aquellas obras de imposible legalización cuyo destino mas que probable sea su demolición.