Se han impugnando los honorarios de los procuradores por indebidos y los de letrado por excesivos. El letrado ha aceptado la reducción que se ha propuesto. Sin embargo, los procuradores (se trata de una apelación y intervienen dos procuradores) no la han aceptado y la Secertaria de la Audiencia ha aprobado con un decreto el incidente de impugnación. Se está barajando la posibilidad de presentar recurso de revisión. ¿quién resolvería el recurso, la Sala? LA razón del recurso sería que los procuradores han minutado un procedimiento ordinario cuando su actuación queda supeditada a un monitorio, al que se opuso el demandado, el Juzgado tuvo por presentada la oposición pero el actor del monitorio recurrió y por un auto se estimó y se tuvo por no admitida la oposición. Los profesionales del actor minutaron como si hubiese sido un procedimiento ordinario normal, cuando es evidente que todo se quedó en el monitorio. El abogado aceptó la reducción, los procuradores no y la secretaria (ya que el demandado recurrió en apelación) ha desestimado la impugnación por indebidos de los procuradores.