Buenos días,
Me gustaría saber si tiene obligación la empresa de reunirse con los delegados sindicales en presencia de representantes del sindicato ajenos a la empresa.
Los delegados pueden, informando previamente a la empresa, hacer reuniones del propio comité o asambleas de trabajadores a las que asistan personas ajenas a la empresa.
Pero no pueden imponer a la empresa con quien se ha de reunir ella o quienes han de ser sus interlocutores.