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reunion "ordinaria"

1 Comentarios
 
Reunion "ordinaria"
09/06/2008 18:27
EL problema, un grupo de vecinos se llaman los promotores montan una reunion "ordinaria", dicen representar el 25% de las cuotas, a dicha reunion solo acuden ellos, no el presidente etc, y deciden nombrar un nuevo presidente y otros acuerdos. ahora han notificado ese "acta" a los vecinos.El acta no esta en el libro de actas que conserva el presidente. ¿pueden organizar unos vecinos aunque tengan las cuotas una reunion ordinaria, por encima del presidente?; ¿Habría que impugnar ese acta, por los comuneros, por el presidente? o habria que ir contra esos promotores y solicitar la nulidad de esa reunion que va en contra de los estatutos? Gracias
10/06/2008 00:24
¿Dice usted que va en contra de los estatutos?. Si han acordado eso en los estautos se contrapone a la ley.

Lo que han hecho sus vecinos está bien hecho, salvo que quizás han llamado reunión ordinaria cuando deberían llamarle extraordinaria, pero esto es un asunto menor.

Efectivamente, la ley establece en el artº 16 lo siguiente:
1. La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25% de las cuotas de participación.

Si el presidente pasa de todo, la ley establece ese proceso, que los vecinos se puedan unir y dar salida a los problemas que el presidente por dejación no atiende.

El acta es legal si se ha confeccionado bien, y si quiere impugnar puede hacerlo como determina la ley.