La postestad de convocar una Junta de Propietarios corresponde al Presidente o tambien que lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participacion.
En la convocatoria tienen que ir los asuntos a tratar entre otras cosas, sino estaria mal convocada. ¿Como vas a convocar una Junta si no sabes lo que se va a tratar?
No te preocupes, dile a tu vecino que se lea el art. 16 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, modificada por la Ley 8/1999.
Quisiera saber si un vecino, me pide que convoque una reunión con todos los vecinos pero no me dice el tema y la quiere en tres días ¿que debo hacer? por favor contestarme.