Mi edificio tiene preinstalación de aire acondicionado, por tanto cada vecino tiene un lugar en el terrado para la instalacion de la maquina.
La comunidad aprobó un reglamento de regimen interior donde se prohibía la instalación de maquinas de aire acondicionado en las fachadas, visibles y aunque esutvieran en la terraza del inmueble, (zona visible), lo que sucede para enredar mas este problema, el reglamento de regimen interior fue aprobado con posterioridad a que estos propietarios instalaran los aires acondicionados en las fachadas, algunos hasta 2 maquinas.
Ahora la pregunta es: la comunidad le puede exigir la retirada de esos elementos, o mejor dicho, la comunidad les solicita la reubicacion de esos elementos en el lugar donde corresponde?
Compliquemoslo mas, uno de los propietarios de estas viviendas es nuevo propietario, compro la vivienda con los aires acondicionados, el antiguo propietarios sabia que tenia que retirarlos pero paso del tema. Para mas aclaración la comunidad no le requirió formalmente la retirada pero si la aprobó en el reglamento.
La comunidad piensa seguir adelante y reclamarle la reubicación, se podrian negar los propietarios sobre todo este último? ....................espero opiniones