En Aragón, la ley de acompañamiento de los presupuestos, ha olvidado en lo que regula el Impuesto sobre sucesiones a los discapacitado horquila 33/64%, dándose, consecuencia de este olvido la interpretación por parte del Gobierno de Aragón el efecto siguiente:
Si eres discapacitado dentro de esta horquilla y heredas de un pariente con cuyo grupo de parentesco está en el II, de de ley 29/1987 que regula el I. sobre sucesiones,
si el patrimonio preexistente del heredero no supera los 300000 € y la porción hereditaria individual supera los 125000, en este caso y sólo en él, el beneficio fiscal que establece la ley de rango estatal, queda abosorvido por una reducción propia de la CC.AA. a favor de las familias; (hijos mayores de edad o cónyuge).
Este olvido se va a solucionar para el 2008, mi pregunta es la siguiente:
¿puede ejercitarse algún tipo de medida, que fuerze al G. de A. para que esta medida tenga carácter retroactivo desde la fecha en que se produce el sigular hecho mencionado?
Decir que la fecha en que comienza a producir estos efectos es el 1-1-2006 y que el número de personas al que ha afectado o podido afecta, es muy bajo, de momento sólo existe una reclamación.
Si alguién puede orientarme, lo agradecería, si se necesitan más dato, pueden pedirmelos.