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retribucion maternidad y vacaciones

3 Comentarios
 
Retribucion maternidad y vacaciones
06/09/2004 09:47
Hola buenos dias a todos. Os agrádecería me pudierais contestar a lo siguiente. En mi empresa hay una trabajadora disfrutando de su permiso de maternidad. Lo que acontece es que le coincide con su periodo de vacaciones, por lo cual su baja laboral entiendo que es de las 16 semanas reglamentarias más las 4 devacaciones que le corresponden. ¿Es esto cierto? Respecto de la retribucion a recibir, entiendo tambien que al empresa debe pagarle las 4 semanas de vacaciones independientemente de que la Seguridad Social le abone 16 nsemanas. ¿Me lo podiais aclarar si esto es así?

Gracias por vuestra ayuda.
06/09/2004 11:23
Jorge, ante este misma consulta, hace unos meses te hubiera contestado que si el periodo de descanso de maternidad coincidía con el periodo programado de vacaciones, la empresa no estaba obligada a señalar un periodo nuevo, porque el TS siempre lo ha dejado bastante claro.
No obstante, en abril pasado, una sentencia del Tribunal de Justicia de las de las Comunidades Europeas reconoció a una trabajadora española el derecho a disfrutar sus vacaciones en un periodo distinto al del descanso de maternidad, aunque este coincidiera con el que ya estaba fijado.
No sé si alguien conoce de alguna sentencia posterior del TS por si éste ha cambiado de criterio o, por el contrario, sigue manteniendo el mismo y que, como digo, es de signo contrario al del tribunal europeo.

Respecto a la remunaración, si al final coinciden vacaciones y maternidad, la trabajadora seguira percibiendo la prestación de la S.S. (100% de la base reguladora) y, en su caso, los complementos de empresa que puedan existir. Si finalmente disfruta las vacaciones tras el periodo de descanso de maternidad, su retribución será la normal de cualquier otro trabajador que también esté de vacaciones.
Lo que no se puede hacer es pactar pagar una compensación por vacacones no disfrutadas que hayan coincidido con el descanso de maternidad.

Un saludo
14/09/2004 09:45
Nando bcn, gracias por tu contestación. Así lo he realizado en la empresa y creo no haberme equivocado.
un saludo y gracias nuevamente por tu colaboración
14/09/2004 10:06
Hola jorge.
No sé si te refieres al disfrute de las vacaciones, al pago o a ambas cosas. En todo caso ha sido un placer, pero recordandoque, respecto al derecho a que se señale otro periodo de vacaciones distinto al programado si éste coincide con el periodo de descanso de maternidad, la sentencia aludida ha creado una situación de incertidumbre (desde dicha sentencia no he oido hablar más del tema, no sé si habrá habido alguna novedad), por lo que no existen recetas mágicas que solucionen con plenas garantías la situación (bueno, sí, eludir posibles conflictos y conceder las vacaciones).

Recibe un cordial saludo.