Estimado amigo
Dado el retraso en la recepción de su vivienda veo bastante razonable la reclamación de las rentas pagadas como consecuencia de la necesidad de alquilar otro inmueble. Igualmente, será exigible el interés correspondiente. No obstante, no veo posible exigir interés alguno en relación a las cantidades entregadas a cuenta, si bien debería examinarse el asunto a fin de ver la posibilidad de poder solicitar indemnización por algún otro concepto.
---
Compre una vivienda sobre planos, entregue las cantidades acordadas en los plazos previstos. Sin embargo, en una de las cláusulas del contrato se acordó que me tenían que entregar la vivienda el 10 de enero de 2018. Envié burofax en 2019 exigiendo el cumplimiento. Finalmente, se me entregó la vivienda en enero de 2020. He exigido las rentas de alquiler desde el 10 de enero de 2018 hasta que se me entregó la casa, pero ¿puedo, además, solicitar algún tipo de interés por el retraso? ¿las cantidades que entregué a cuenta acarrean algún interés en mi favor por no haber podido invertir ese dinero en otras cosas?