Hola.
Canarias, piso comprado bajo plano el año 2003. La verdad es que el plazo inicial de construccion era bastante optimista, solo 10 meses, asi que nunca me hice ilusiones en que se cumpliese. Sin embargo llevan ya año y medio de retraso sobre ese plazo. El edifico esta completado y a falta de poco pero ahora salen con que no pueden seguir escriturando por que la electrificacion que hay es de obra y aun no tienen la que hace falta (no se como se llama). Dicen que tardaran algunas semanas en tenerla, sobre todo porque el ayuntamiento es lento y no depende de ellos. ¿Es que no han tenido tiempo?.
Mi pregunta es: ¿tengo algun derecho aunque en el contrato de compraventa no se indique nada, para que me imdemnicen de alguna forma por tanto retraso?. ¿Y para que me imdemnicen por no poder desgravar nada a hacienda este año, dado que el año pasado no pagué nada?.
El piso no lo puedo devolver porque lo compre con una cuenta vivienda y tendria que devolver a hacienda casi 6000€.
¿Tengo algun derecho si resulta que mi novia vive lejos y tenemos que vernos mediante viajes de avion una ves al mes por culpa de no poder ella trasladarse a vivir aqui ya?.
El contrato solo menciona que tengo derecho a reclamar el total con intereses si ellos se retrasasen y yo ya no quisiese el piso. Pero no dice nada acerca de que se retrasen y yo siga interesado en él.
Creo que al menos me deberian imdemnizar con una rebaja en el precio del mismo. Es posible?