Hola alcorcón. MI opinión profesional, a falta de más datos, dista un poco de la del Sr catón,pues la Jurisprudencia(aunque hay alguna sentencia en sentido contrario) biene interpretando qu el mero retraso en el pago de la renta no es causa suficiente para decretar el deshaucio.
En cuanto al resto, coincido plenamente con lo manifestado por el Sr cátón.
Personalmente, opino que mientras vaya cobrando, aunque tarde, el tema no va mal.
Profesionalmente, opino que usted puede promover una demanda de deshuicio, actualmente, la juirisprudencia está exigiendo que al menos haya un mes impagado.
Acuda a un profesional, pida presupuesto, y entonces, decida si continuar cómo está o iniciar un procedimiento judicial.