De acuerdo, pero todos sabemos que los recibos llegan en los primeros 5 días de mes... ¿si la madre tiene el dinero justo?
Una solución sería, dando de margen un par de meses para posponer el pago: Si empieza a cobrar el día 10, los primeros dos meses podría ahorrar para que a partir del tercer mes ingresase la pensión en los 5 primeros... Lo que no es lógico que quien tenga que reorganizarse con los pagos sea el custodio...
No, es un retraso, para poder hacerlo "legalmente" tendría que pedir primero modificación de medidas.
Pero siendo honestos, si el hombre paga cuando puede teniendo un causa así, me parecería demasiado puntilloso y poco comprensivo por tu parte exigirle que vaya al juzgado solo para formalizar eso (que entiendo que es causa justificable para modificar la fecha de pago en el convenio), o que tenga que pedir un crédito si no tiene dinero para poder adelantar el pago 5 días.
Buenos dias
Quería saber si el padre se va al paro tiene derecho a pagar el dia 10(que es cuando el cobra). Si en el convenio marca antes del día 5?
Muchas gracias