Tengo una parcela que hace esquina con un plan urbanistico aprobado en el 94 en el que se indica la obligación de retranquearse 2,5 metros. La cuestión es que durante 15 años los chalets y casas que se han ido construyendo solo han mantenido un retranqueo respecto a unas calles principales y no respecto a otras, por asi decirlo, secundarias.
Fui al ayuntamiento a consultar los retranqueos y ha decirles que queria hacer lo mismo que mis vecinos y me indicó el arquitecto municipal que si. Pero tras 5 meses, visado el proyecto básico y pagada la licencia, me dicen que no y que me tengo que retranquear respecto a ambas calles. ¿tienen algún argumento juridico para que yo tenga que cumplir la ley que durante 15 años no se ha cumplido? ¿no es esto discriminatorio? ¿no se aplica la costumbre y el sentido común?
¿existe alguna sentencia que me apoye en esto?¿puede una administración cambiar su opinión en un mismo tramite sin responsabilizarse?
Gracias.