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retractación empresarial y reincorporación trabajador

5 Comentarios
 
15/05/2013 11:06
Cierto. Como las prisas no son buenas, me colé.

Hacía referencia a la posibilidad de retractarse una vez producido el aviso. Pero no es el caso.
15/05/2013 10:14
Perdon TS 2694/2008, 7 de Octubre 2009
15/05/2013 09:59
EStoy de acuerdo con Picachu333, otra cosa es la retractación empresarial en el período de preaviso cuando todavía no es efectivo el despido. esto también es aplicable a la dimisión del trabajador que se puede retractar. Sentencias TS 08.11.11, Rec 767/11; 07.12.09, Rec 210/09;01.07.10, Rec 3289/09. No has puesto la Sentencia que reproduces...
La razón es que una vez que el despido es efectivo el vínculo laboral se ha roto...
15/05/2013 06:03
No estoy de acuerdo una vez que el despido tiene efectos no es posible retractarse por parte de la empresa, esto esta mas que resuelto por el TS.

2.- Se ofrece como contraste la STSJ Cataluña 06/03/06 [rec. 351/05], en que se resuelve un
supuesto sustancialmente idéntico al de autos, por tratarse de un despido del que la empresa se retracta
dos días después de haber comunicado la decisión extintiva al trabajador y sin que éste hubiese llegado a
presentar -como en el supuesto objeto de debate- papeleta de conciliación ante los correspondientes
servicios administrativos; y sin que -tampoco- en la comunicación de la retractación se haga indicación
alguna a posibles salarios de tramitación o alta en la Seguridad Social. Y se denuncia infracción -por
aplicación indebida- de los arts. 49-.1.k) ET , e inaplicación de los arts. 7.2 y 1258 CC, así como 5.a) y 20.2
ET.

FALLAMOS
Desestimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la representación
de « DIRECCION000 C.B.», Don Florentino y Don Cornelio , confirmando la sentencia dictada por el TSJ de
Castilla/La Mancha en fecha 30/Mayo/2008 [recurso de Suplicación nº 162/08], que a su vez había revocado
la decisión - desestimatoria de la demanda- que en 14/Septiembre/2007 pronunciara el Juzgado de lo Social
núm. 1 de los de Toledo [autos 463/07 ], en reclamación de despido formulada por Doña Lorenza .
10/05/2013 15:51
1.- No es cierto que no sea posible la retractación empresarial ya que, según la jurisprudencia, se admite la revocación de la declaración extintiva por parte del empresario antes de la presentación de la demanda por despido sin necesidad de conformidad del trabajador. Esta decisión unilateral dentro de una relación bilateral se justifica por la especial protección que se dispensa al trabajador tendente a garantizar la conservación del contrato.

Quizá por donde deba ir el trabajador sea por la vía del artículo 50.1.a) ET solicitando la extinción del contrato por incumplimientos empresariales.

Salvo mejor opción.
Retractación empresarial y reincorporación trabajador
08/05/2013 11:42
Empresa que despide a trabajador por despido objetivo por causas productivas con efectos desde 02.05.13. Le entregan la carta ese mismo día. Unos días después le mandan burofax para anular el despido y que se reincorpore en 24 horas. Entiendo que no es posible la retractación empresarial porque la relación laboral ya está extinguida pero el trabajador comparece en su puesto de trabajo y se encuentra que en su ordenador está otra persona y que el jefe le dice que vuelva a su trabajo como siempre pero que de momento no va a utilizar el ordenador, sino que va a triturar papel en el almacén. el trabajador se dedicaba a tareas administrativas, de traducción de árabe y de recados varios. El tema es saber si él puede marcharse ahora que ve que no le respetan las condiciones o qué acciones se podrían emprender..