Hola. El robo es un delito perseguible de oficio, eso significa que los particulares no tienen capacidad de decisión sobre el proceso y una vez puesta en marcha la máquina no se puede detener. Es el ministerio fiscal quien ejerce la acusación, y lo hace independientemente de la voluntad de la victima/denunciante,las victimas o denunciantes no tienen potestad alguna sobre el funcionamiento de la justicia, salvo que se trate de delitos privados o se constituyan en querellantes o acusador particular en los delitos públicos o semipúblicos (cuestión que por otra parte no vincula al ministerio fiscal).
A efectos legales tú eres un simple testigo y no participas en el juicio más que con tu testimonio, de manera que tampoco puedes hacer nada para minimizar o aumentar la pena que solicite el solicite el fiscal, la única posibilidad, si es que eres un testigo presencial, sería mentir y negar que los acusados sean los autores, con lo que cometerías un delito de falso testimonio, y a este respecto te doy un consejo: debes tener más miedo de cometer un delito que de las posibles represalias por parte de los autores del robo, sobre todo porque muy rara vez los autores toman represalias, saben a lo que se exponen.
soy el perjudicado por un delito de robo. Se ha celebrado las diligencias urgentes y el primer juicio, donde los acusados no se han conformado con la sentencia. El Ministerio Fiscal ha solicitado una pena de hasta 4 años de carcel. Además se trata de personas con muchos antecedentes previos. Hay una citación para el siguiente juicio en cinco días. Por temor a las posibles represalias y/o acuerdo con los acusados me gustaría detener el proceso. ¿Cómo puedo hacerlo?.
En caso de que el juicio se tenga que celebrar, ¿ cuál puede ser mi actuación para minimizar la pena? Tratándose de una petición inicial de 4 años de cárcel, ¿en cuánto se podría llegar a reducir dicha pena?