Buenas¡ estoy concluyendo retirada de permiso de conducción, y tengo varias dudas por ejemplo, de momento no se nada de los dias para la comunidad, se sabe si se puede cumplir una vez recuperado el carnet? El próximo 17/11 finaliza la retirada alguien sabe si te envian el carnet por correo o puedo recojerlo esa fecha en el juzgado? lo digo porque por tema laboral dependo de los desplazamientos,
Sí, se puede cumplir tras la entrega del carnet. Hasta un año tras el inicio de la ejecutoria, a menos que haya algún requerimiento por en medio, sino, prescribe (que se está dando con mucha frecuencia, ya que hay más condenados que trabajos a realizar).
Lo normal es que lo recojas en el Juzgado en la fecha. Te suelen avisar para que vayas a buscarlo.
A tener en cuenta:
La fecha que consta en la sentencia como fin de prohibición de conducir no es completamente real ya que hay que tener en cuenta en el cómputo de días los meses finalizados en 31 ya que en mi caso se me entregó unos días antes, desde el día que hacen entrega del carnet ya es posible conducir eso sí una vez han comprobado que has abonado la totalidad de la multa, por tanto hasta la fecha del Curso de reeducación Vial que creo que se impone por la pérdida de puntos que no ers este caso ya que fué por vía penal, no se me ha solicitado hacerlo y en cuanto a los días de trabajos para la comunidad tampoco no sé nada he oído que transcurrido el tiempo prescribe, no obstante estoy a la espera, en definitiva a quien pueda estar sometido a este tema, creo que el precio moral y las consecuencias que se derivan son elevadas por lo que no vale la pena pasar por todo esto, en cuanto a las personas que reinciden en diversas ocasiones y se le retira reiteradamente no tienen respeto por nada ni nadie y realmente tienen un gran problema.
Hola a todos y todas. Primero de nada muchas disculpas en especial al autor del mensaje principal. Soy nuevo aquí y pienso que no quedaría bien abrir un tema similar en el mismo día. Acabo de llegar y tengo mas o menos el mismo problema. Bueno, pues nada. A ver si alguien me puede ayudar. Lo que no entiendo es el sistema este de los puntos. ¿Cuando y en que casos se aplica?. Es que sin querer hice una grandísima tontería y me e vuelto a quedar sin el carnet. La multa me fastidia también pero bueno, es lo de menos. Pagaré como mejor pueda. Logicamente soy culpable y todo eso, pero, ¿y no existe la posibilidad de salvarse uno por esta vez con eso de los puntos??????????. Por que es que a mi no me lo hicieron. Por eso que ando yo emparanoyado con el asunto. A mi me dijeron que o me conformaba con la retirada de 8 meses mas la multa y los trabajos de la comunidad o que después aún era mas. Y pues yo que se. Yo lo que mas menos quiero son problemas y firmé lo que me pusieron pero pues no se, la verdad. Por saber. No se nada. A ver si alguno o alguien me dice algo. Gracias.