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Retirada del carnet y renovación.

9 Comentarios
 
05/11/2010 14:55
He llamado a la única autoescuela homologada para hacer el cursito de sensiblización que "OBLIGA" LA dgt, después de una sanción penal.....y la única homologada en SANTANDER, me dá turno para......ahora viene lo mejor....para ENERO 2011, antes imposible está saturada,,,,mi pregunta es; si en toda la comunidad de Cantabria sólo han HOMOLOGADO 4 autoescuelas ,y sólo 1 en la capital, ¿A quien me tengo que dirigir para que me EXPLIQUEN si tengo que realizar el curso POR OBLIGACION de la DGT, tengo que esperar hasta Enero, pues encima estoy en trámites de renovación del carnet,y no me le renuevan si no he realizado el curso y encima si conduzco sin haberle realizado me multan ,pero no tengo sitio en la autoescuela hasta ENERO?,existe alguna ley que informe que si la dgt me obliga a realizar el curso para poder renovar el carnet no tenga que esperar hasta Enero?, y si me obligan a esperar porque la única autoescuela de la capital está completa,mientras tanto,¿qué ocurre con la renovación de mi carnet?.
02/11/2010 14:17
Desearía alguien que lo entienda, me lo pueda explicar a mí, pues aún no salgo de mi asombro,cuento: M e informo para poder realizar el dichoso curso de sensibilización, y lo más fuerte es que me dicen que en Cantabria sólo lo realizan en 4 sitios, 1 autoescuela en Santander, y las otras 3 en los diferentes puntos cardinales , bien como vivo a 15 Km. de Santander, pregunto por la de Santander y me dicen que está saturada y que para poder realizar el curso tengo que desplazarme a la de Laredo........que nada más y nada menos está a 50 Km. de DONDE VIVO....mi ingenuidad me hace preguntarme....¿si me obligan a realizar el curso,pueden obligarme a tener que desplazarme 50 Km?, o¿me pueden obligar a esperar a realizarle a que la autoescuela tenga plazas? y de momento que hago,le digo a mi empresa que no puedo trabajar pues no tengo sitio en la única autoescuela que tiene el beneplácito para realizar el curso famoso?,Como están jugando con los españoles........Alguien me puede dar alguna solución a este entramado........
29/10/2010 20:30
Me quieres decir que después de creer que la jueza había tenido cierta compasión conmigo y de tener que pagar 600 euros y 1 mes de suspensión, la jueza me quitó el pago de 600 euros pero por ello me impuso una suspensión de 1 año.,para saber si tengo que realizar el curso, me informaré cuando entró en vigor la realización de estos cursos, pues mi sentencia fué de dICIEMBRE DEL 2007,con lo cual voy a informarme si en aquellas fechas estaban en vigor el tema de los cursos.porque me parece muy fuerte que nadie lleve un control de ello y al cabo del tiempo se reclame lo que cada cual crea, con tal de recaudar.
29/10/2010 15:22
Al ir por vía penal, la sanción administrativa debería haber quedado suspendida. Al ser condenado en vía penal, no tenías que pagar esos 600 euros, ni tenías retirada de puntos, si no que debías cumplir lo establecido en la sentencia (la multa y la retirada que ahí pusiera).

A parte de lo que dice el código penal, la Ley de tráfico (339/1990) en su disposición adicional decimotercera (para los supersticiosos), cuya redacción ha vuelto a cambiar recientemente, dice que para poder volver a conducir tras una retirada por lo penal has de superar un curso de reeducación y sensibilización, también llamado 350 €.

Si te hubieran parado en este tiempo, y las anotaciones en tráfico hubieran sido correctas, te hubieran sancionado por conducir con el permiso suspendido. 200 euretes.

Si te hubieran faltado ocho años para renovar, y no te hubieran parado antes, hubieras tenido el mismo problema dentro de ocho años.

Si todo hubiera venido en el código penal, o hubiera un texto legal específico para delitos contra la seguridad vial que aglomerara toda la legislación, te hubieras enterado antes. La verdad es que muchos abogados no tenían ni idea de la existencia de esta disposición, lo cual no deja de ser lógico. Yo hago penal, y estudio las reformas penales; no tengo por que estudiarme todas y cada una de las reformas legislativas sobre materias que no toco. Si los abogados (ni los jueces) no se enteraron, mucho menos el ciudadano de a pie. Hasta que te toca sufrirlo en tus propias carnes.
29/10/2010 14:44
Dexter, según la denuncia de la guardia civil, me ponen que infringí el art. 20 apart.1 importe 600 euros puntos a detraer 6, tiempo de suspensión 1 mes.(te lo trascribo tal cual estoy viendo la denuncia),la misma noche me citaron para el juicio rápido que me pasaron la multa de 600 euros a ampliación de la retirada a un año, cosa que realicé en el 2008.lo que no me queda claro es porqué al cabo de casi 2 años después de devolverme el carnet ahora es cuando por renovación del mismo,me piden la realización del curso, y si no tengo que renovarle hasta dentro de 8 años por ejemplo?
29/10/2010 14:23
Es el problema de una técnica legislativa lamentable.

En el Juzgado no te dijeron nada por que el curso no tiene nada que ver con la jurisdicción penal; no es una condena, si no que se trata de un requisito administrativo que para mayor inri aparece en una disposición adicional del reglamento correspondiente. Por cierto, la retirada penal no implica la pérdida de ningún punto; si te quitaron seis puntos debió ser por otra cosa, no por la misma que motivó la condena.

Lo que no me queda claro, porque la ley nada dice, es si al hacer el curso recuperas puntos que hubieras podido perder por otros motivos con anterioridad a la retirada penal. Yo entiendo que no, que te quedas tal cual estuvieras.
29/10/2010 11:16
Gracias Kapitan, ahora tengo muy claro que todo este tema de conducir con tasa de alcohol, es meramente recaudatorio,porque si al devolverme el carnet en el juzgado, nadie me advirtió que me quedaba aún el curso por realizar, es más incluso que no se devuelva el carnet hasta que se justifique su realización,encima doy gracias a Dios, que desde hace casi 2 años después que estoy conduciendo nuevamente , no me ha parado la guardia civil,porque según ne dice la nota de tráfico, el no haber realizado el curso lleva una sanción de 200 euros.....Con lo cual me queda claro el tema.
29/10/2010 10:43
Pues eso, tienes que realizar el curso de sensibilización y reeducación vial en alguna auto-escuela.
29/10/2010 10:34
Por favor, nadie me puede orientar si me pueden retener la renovación del carnet hasta que realice el curso de sensibilización por la retirada del carnet que tuvo lugar de enero 2008 a enero del 2009?,desearía saber como solucionar el tema, para poder seguir conduciendo legalmente, pues en este momento estoy en el proceso de renovación del carnet que me paraliza trafico.
Retirada del carnet y renovación.
28/10/2010 22:10
En Diciembre del 2007, la guardia civil me para y realiza la prueba de alcoholemia dando positivo,me imponen una pena de 1 año de retirada del carnet, pero no tengo que pagar nada de multa(la multa económica me la sustituyeron por más tiempo de retirada del carnet) y supuestamente 6 puntos menos.Recuperé el carnet al vencimiento de la sanción el 28/01/2009 hace más de año y nueve meses,,,,ahora me caduca el carnet y al renovarle recibo una carta de tráfico en la que me comunican que como consecuencia de esa pena finalizada en enero del año 2009, para que me le renueven tengo que realizar el curso de sensibilización y reeducación vial.¿Como puede ser posible que nadie me haya comunicado nada hasta hoy y me diesen incluso en el juzgado el carnet retirado al vencimiento de la sanción sin decirme nada?, es esto legal?,la sanción conlleva la retirada de 6 puntos,¿qué ha ocurrido con los otros 6?,tengo que realizar el curso o tengo que solicitar me renueven el carnet después de año y nueve meses de la finalización de la pena?, Gracias.