Hola
Supongo que es una broma , pero he oído que se ha dado el caso de que una persona circulando en bicicleta es denunciado por haber pasado un semáforo en rojo. Resulta que como el denunciado posee permiso de conducir le aplican la retirada de puntos ( 3 puntos ).
¿Es esto posible? Si es cierto, que sigo diciendo que me parece una barbaridad y falsedad, sería una ilegalidad ¿no? porque la bicicleta no requiere permiso ni licencia. Por ese motivo también quitarían puntos a los peatones poseedores de permisos o licencias de conducir que cometan infracciones que conlleven retirada de puntos.
No obstante si ha habido algún caso de estos o alguna novedad al respecto, decreto o instrucción de tráfico, por favor informarme.
GRACIAS Y SALUD
¿Y por que lo consideras una broma? ¿crees que si un ciclista se salta un semáforo no causa peligro para el otro vehículo?
Mi opinión es que si está sometido a la legislación en materia de puntos, por supuesto si tiene permiso o si se lo va a sacar en breve. También están obligados a cumplir las señales de tráfico (todas: las verticales, las luminosas, las de estacionamiento, las de circulación, etc.).
¿Se te ocurre alguna infracción que pueda cometer un peatón por la que se le pueda retirar puntos?
Hola Alter ego
Evidentemente todo usuario de la vía ha de ser responsable de sus actos, a la vez que debería tener la obligación de conocer la señalización a fin de velar por la seguiridad vial .
La Ley de Tráfico así lo establece, se aplica a todos los usuarios de la vía ya sean conductores, peatones, ciclistas...y por consiguiente a todos se les aplica el Régimen Sancionador, de un modo proporcional, todas la posibles infracciones están tipificas y sancionadas.
En este sentido estamos todos de acuerdo. Yo mismo además de conductor también uso muy amenudo la bicicleta y creeme que respeto todas las señales, reconozco que exíste muchos ciclistas imprudentes.
Ahora bien, cuando he hecho referencia a que pudiera tratarse de una broma. ha sido desde el punto de vista de la Ley, estoy de acuerdo que debería ser más rigurosa en el tema que estamos tratando. Pero legalmente sólo se puede detraer puntos en infracciones graves y muy graves cometidas con vehículos para cuya conducción sea necesaria la preceptiva autorización administrativa para conducir.
Para conducir una bicicleta, reconocida por la ley como vehículo sin motor, no se obliga a obtener ninguna clase de permiso ni licencia, aspecto que vuelvo a repetir que no estoy de acuerdo, no lo veo coherente.
Los peatones tampoco necesitan autorización para usar las vías, aquí debe tener un papel importantísimo la Educación Vial desde la infancia.
Concluyendo si se diera el caso de que a alguien le retiran puntos de su permiso o licencia de conducción, por haber cometido alguna infracción, que conlleve detracción de puntos, con una bicicleta o transitando como peatón se trataría de una ilegalidad.
Contestando a tu pregunta en el hipotético caso de que un peatón cometiera una infracción grave, por ejemplo no respetar la fase roja de un semáforo para peatones, se le retirarían 3 puntos si tuviera permiso o licencia de conducción. Y si diera positivo en alcoholemia, dependiendo qué grado o tasa arroje, puede retirarse hasta 6 puntos, equiparando el hecho con el anexo establecido para los vehículos a motor. Repito en un caso hipotético y anticonstitucional.
Si bien es verdad, hoy me he informado de que exíste un caso de un jóven que iba en bici y hablando con el teléfono móvil.Fue denunciado pero como poseía carnet de conducir, como todos los que somos conductores estamos registrados en un fichero informatizado de la D.G.T.,cuando la denuncia se remitió a Tráfico supuestamente un error informático reconoció al denunciado como conductor de un vehículo, automáticamente se generó la propuesta de retira de puntos. Cuando sólo debía haberse sancionado económicamente. Aunque creo que más bien puede que sea un error humano por parte de la persona que tramitó la denuncia.
Finalizo, legalmente sí es posible denunciar a ciclistas y a viandantes, tal y como refleja la Ley es una denuncia económica administrativa siempre y cuando no pueda ser indicio de responsabilidad penal, pero no se aplica la retirada de puntos.
Espero haber aclarado la polémica
Si un ciclista utiliza las vías públicas (la calzada, por supuesto) para desplazarse, está obligado a cumplir a respetar las normas de tráfico.
En sentido contrario, si no respeta las señales, debe ser sancionado de la misma manera que quien conduce un camión, un turismo, un ciclomotor o una motocicleta.
El hecho de que posea o no permiso o licencia de conducción, para mi es irrelevante. Comete una infracción que es sancionado pecuniariamente y con retirada de puntos, pues nada, se cumple.
El mismo o parecido caso, podríamos exponer cuando se comete una infracción alguien que va en ciclomotor y sólo tiene licencia de conducción. Entiendo que se le debe aplicar la legislación en la materia.
Podemos, si te parece, valorar personalmente lo que nos parece la ley, acción que me parece muy instructiva y enriquecedora. Y, empiezo por decir, que en unos aspectos la ley me parece muy blanda y en otros excesivamente dura.
También tengo que decir que es una legislación que todavía no se cumple en su integridad (algunos municipios no tienen medios para hacerla cumplir) y en algunas Jefaturas el "atasco" es más que importante, por lo que desvirtúa la causa-efecto de cometer una infracción.