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Retirada de pensión de alimentos incumpliendo acuerdo regulador

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
Retirada de pensión de alimentos incumpliendo acuerdo regulador
perfil adh
25/10/2011 11:22
Quisiera que alguna persona entendida en esto me informara de que pasos tendría que dar ante la situación que les expongo .Soy divorciada con 2 hijas de 20 y 13 años .En mi acuerdo regulador expone lo siguiente "DON XXXX comtribuira a la manutención de las hijas comunes en concepto de pensión de alimentos con la cantidad de 150 euros por cada una de las hijas y hasta alcanzar las hijas la independencia económica ".Este señor el mismo mes en el que mi hija mayor cumplía los 18 años dejo de pasar dicha pensión. Sin solicitar la retira de dicha pensión al juzgado y estando mi hija en ese momento en paro cobrando un subsidio de 420 euros .Por incumplimiento de régimen de visitas a la menor yo denuncie en comisaria los hechos y también quedo reflejado lo de dicha pensión .Me llamaron a declarar al juzgado y tengo abierto un proceso como Perjudicada .Estoy a la espera de que el colegio de abogados me designe un abogado de oficio .El motivo de mi consulta es que desde el mes de julio mi hija no tiene ningún tipo de ingreso ,tenia trabajo pero lo dejo .Mi pregunta es ,¿ tendría el padre que volver a pasarla la manutención nuevamente ? ¿ podría yo misma sin abogado denunciarlo en el juzgado correspondiente ? .Mi situación ahora mismo es desempleada con un
paro de 429 euros .Si alguien puede informarme estaria eternamente agradecida ,no se que pasos dar hasta que se me asigne el abogado de oficio .Muchas gracias
adh






25/10/2011 11:51
Puede reclamar las cantidades pendientes de alimentos en procedimiento penal o civil. Si cuando declaró como perjudicada le comentaron que estaban tramitándose denuncia por visitas y por alimentos (dos procedimientos independientes uno de otro) es que está en proceso reclamación de alimentos por vía penal.
Cabe que si le conceden justicia gratuita (abogado de oficio) pueda ser para tramitar civilmente reclamación de alimentos.

¿para qué puso que solicitaba justicia gratuita?
¿qué le dijeron en el juzgado que tramitaban como perjudicada?
perfil adh
25/10/2011 12:48
Muchas gracias por su respuesta .
Solicite la justicia gratuita para un procedimiento DILIG.PREVIAS(PROC.ABREVIADO).
Esto empezó cuando yo me vi obligada a denunciar en comisaria el incumplimiento del acuerdo regulador cuando en el periodo vacacional que le correspondía recoger a la menor el día 1 de agosto ,no acudió a recogerla y la recogió el día 5 de agosto .En esa 1ª denuncia la refleje la retira de la pensión de alimentos a mi hija mayor de edad ,pero sin independencia económica y el impago de los 50% acordados en el acuerdo regulador de seguro de hogar y decesos, contribución etc .Cuando a mi me citaron en el juzgado a tomarme declaración la misma secretaria me comento que debería haber revalorizando la pensión de alimentos todos los años .
Por otro lado me asignaron abogada de oficio ,pero parece ser que cambio su residencia a otra localidad y me quede sin abogado .Parece ser que ya esta solicitado otro por el juzgado ,pero la asignación no me llega .Y mi situación con mi hija sin ningún ingreso y yo en paro es critica .
Y quisiera saber si yo misma podría comunicarle los hechos al juzgado correspondiente .Es desesperante ver como pasa el tiempo y no tengo medios para solucionar estos temas .

Muchas gracias y disculpe por tal vez no explicarme correctamente y extenderme en mi respuesta.











































25/10/2011 12:51
en el convenio te pone "hasta que sean economicamente independientes" sin tener que ver con la edad??
perfil adh
25/10/2011 12:55
Pone textualmente "hasta alcanzar las hijas comunes del matrimonio la independencia económica ",
no refleja nada de edad ni de mayoría de edad .
25/10/2011 13:17
Si tu hija tenia trabajo y lo dejó tu ex puede solicitar la extinción de la manutención bastadose en que la ausencia de ingresos de vuestra hija es por culpa de ella al abandonar un trabajo (mas con los tiempos que corren).
Mientras no haya resolución judicial al respecto está obligado legalmente a pasar manutencion.
perfil adh
25/10/2011 13:34
Estoy de acuerdo nanka , si un juez determina que puede retirarla ,pero en ningún momento el ah solicitado al juzgado la retira ni extinción ,ni en estos momentos ,ni cuando se la retiro hace 2 años al cumplir los 18 años ,estando la niña cobrando un subsidio de desempleo .El lo ah echo por su cuenta y riesgo .Si bien informa a la niña de que yo tengo la obligación de cubrirla su manutención legalmente por tener su custodia y que el a partir de los 18 años esta libre de responsabilidades .Ni que decir tiene que yo mantengo a mi hija porque soy su madre no porque me obligue o no la ley o por tener su custodia .Pero lo que la ley determine que el debe de cumplir con sus hijas quiero y tengo el derecho de luchar porque lo cumpla .
Con lo cual no hay resolución judicial como tu comentas ,pero ¿ que medios tengo yo para que la pase si por ley esta obligado? .

Gracias por tu respuesta
25/10/2011 13:37
Solicitar via juzgado ejecucion de sentencia, con abogado y procurador, si tiene nomina o bienes se puede solicitar el embargo, si ganas menos de 15000 euros te corresponderá con cargo a justicia gratuita.
perfil adh
25/10/2011 13:55
nazka el abogado de oficio ya estoy a la espera de que me lo asignen ,por las denuncias que puse en comisaria como anteriormente eh comentado .Lo que no se es si ese mismo abogado podrá solicitar también vía juzgado la ejecución de sentencia .

Ya que al denunciar en comisaria los incumplimientos va por vía penal .

Tampoco tengo muy claro si debería volver a denunciar en comisaria la situación actual ,haciendo una ampliación de las denuncias ya puestas .

Estoy totalmente perdida .
25/10/2011 14:20
Pues tengo entendido que para cada procedimiento hay que solicitar un abogado de oficio diferente. Ademas la reclamación de pension alimenticia primero se hace por via civil asi que definitivamente sí necesitas solicitar otro abogado.
25/10/2011 14:25
Tu dices que cuando tu hija mayor cumplio los 18 años dejo de pagar la manutencion por ella, y dices que ella en esos momentos estaba cobrando un subsidio, por lo tanto habia estado trabajando y hasta sus 18 años te pasaba la manutencion, osea que siendo independiente economicamente te pasaba la manutencion por ella hasta que cumplio los 18. Es asi?
25/10/2011 14:33
Si tu hija cobra paro es que ha estado trabajanso... entonces no sé hasta que punto debe de volver a pasarle la pensión.
25/10/2011 14:34
Un subsidio de 426 euros no se puede calificar como independencia económica, aunque sí era base para solicitar una reduccion de pension de manutención.
25/10/2011 14:38
no no, nazka me refiero que si cobraba esos 426 euros por subsidio es porque habia estado trabajando por lo tanto me imagino que si trabajaba tenia un sueldo, pero aun asi el padre pasaba la manutencion, y encima adh dice que fue su hija la que dejo el trabajo.

Con esto me refiero que si ha demostrado que esta capacitada para trabajar (porque ha trabajado) no entiendo porque ahora le reclama la manutencion, solo porque ahora no cobra nada?
perfil adh
25/10/2011 14:43
Si mi hija estuvo trabajando en 2 ocasiones pero no con contratos fijos ,ni con sueldos con los que tener independencia económica .Y de echo el siguió pasando la manutención hasta justo el mes antes de cumplir los 18 años .Oportunamente la retiro cuando sus únicos ingresos eran 420 euros de subsidio .
De todas maneras me gustaría a mi saber que cuantías determinan una independencia económica legalmente .
En mi modesta opinión ser independiente económicamente es poder mantenerte por ti misma y tener un techo donde vivir ya sea en propiedad o en alquiler .
25/10/2011 14:51
adh pero si la independencia economica fuera el poder mantenerte por ti misma, tener un techo done vivir, entonces yo no soy independiente economicamente.

No lo se pero el sueldo interprofesional esta en 641,40 eu mensuales.
25/10/2011 15:11
Es lo que tiene firmar un convenio regulador con desconocimiento de lo que implica.
perfil adh
25/10/2011 16:27
nazka tu ultimo comentario no no entiendo ¿ podrías aclarármelo ?.

Pepa te aseguro que yo si que en estos momentos no tengo ni independencia económica ni el sueldo interprofesional que mencionas y por ello reclamo lo que se refleja en mi convenio y creo justo y de ley que un padre debe de darle a sus hijas .
25/10/2011 16:34
Adh:
- el padre debe pagar alimentos hasta que haya una resolución judicial que indique que puede dejar de pagar.
- No estudiar ni trabajar, mas si rechaza un trabajo, puede ser razón para que un juez conceda la extinción de la pensión de alimentos al hijo que rechace trabajos .
- Puede reclamar Vd. las cantidades no pagadas por el padre. Mediante ejecución de sentencia puede ser el procedimiento apropiado, necesitará abogado y procurador (puede solicitarlo de oficio, justicia gratuita, si cumple los requisitos, que por los ingresos que comenta es posible que los cumpla. Los impresos se recogen el el colegio de abogados o en el juzgado)
25/10/2011 17:03
La independencia economica se refiere a tus hijas no a ti, no hay que olvidar que por mucho que gestiones tú el dinero la pensión es para ellas, vamos que el dia que ellas se vayan de tu casa se acabó la pensión.
Es legal pero no justo una vez que tu hija haya dejado voluntariamente un trabajo.
Con el último comentario me refiero a que tu ex firmó un convenio sin entender correctamente lo que firmaba.