La empresa no me pagó unas nóminas y me las tendrá que pagar FOGASA, tengo reconocimiento de deuda del administrador concursal.
En la declaración de Renta de este año ¿tengo que restar de los ingresos solamente la parte bruta no recibida reconocida por el administrador o también tendría que restar las retenciones correspondientes a esas nóminas?
En una web fiscal leí que esas retenciones son responsabilidad de la empresa y no mía, que no debería quitarlas. Pero a un ex compañero en Hacienda le dijeron que si que debía quitarlas.