Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Retenciones del 115

5 Comentarios
 
Retenciones del 115
11/10/2008 18:59
!Hola ! Me han requerido en Hacienda para que presente el modelo 115 del 1t del 2008. Lo cierto es que en noviembre de 2006 dejè el piso (era mi despacho pero yo no constaba en el contrato como arrendataria aunque si estuve presentando todas las liquidaciones hasta ese momento) pero no presentè ningùn modelo despues por desconocimiento. Mi pregunta es ¿¿¿¿que hago????? gracias
12/10/2008 14:19
No voy a entrar en detalles ya que te han Requerido...y tienes que ir. No tengas miedo, porque no te van a comer, y si lo intentan les denuncias (art. 35 ley 30/1992).

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
perfil aft
12/10/2008 19:51
Hola: efectivamente, no te van a comer, pero si lo inntentan, no se trata de una cuestión administrativa ( Ley 30/1992) sino penal. Bromas aparte, no entiendo porqué presentabas el modelo 115 si tú no eras la arrendataria. No sé si empezaste a presentar el modelo sin más, porque te daban los recibos a tí o es que presentaste un modelo 036 diciendo que estabas obligada a retener. En cualquier caso, las declaraciones las debía presentar el inquilino.

Ahora te requieren porque Hacienda hace siempre mucho hincapié en las declaraciones de retenciones. En sus sitemas informáticos, saltan los controles cuando alguien deja de presentar las declaraciones periódicas que venía presentando. Lo que me extraña es que hayan tardado tanto. Quizás te encuentres en el ámbito de una Delegación o Administración que tenga otras prioridades.

Lo cierto es que deberías responder al requerimiento. Supongo que con la copia del contrato de arrendamiento, podrás acreditar desde la fecha que comentas que ya no estás alquilando el despacho.

Saludos.
13/10/2008 18:55
Muchas gracias, lo cierto es que si hacienda tuviera que comerme a mi se quedarìa con hambre porque soy màs bien delgadilla. No os voy a contar porque estaba yo obligada a presentarlos porque es muy largo. Lo cierto es que no se cuando presente el 037 o 036, que fecha poner de la baja, si en noviembre de 2006, que fuè cuando efectivamente deje el despacho o ahora, si tengo que presentar el modelo anual del 2006 y que recargo o sanciòn podràn imponerme, aunque no sea yo la titular del contrato. Muchisimas gracias por contestar.
16/10/2008 17:55
Hola nuevecilla, vamos por partes:


1.- La presentación del modelo de baja 036 debe realizarla con la fecha en la que se dio de baja, para no meterse en líos. Si la presenta con fecha de ahora, le podrían pedir las declaraciones hasta ahora.

2.- El resumen anual del 2006, modelo 180, tenía que haberlo presentado.

3.- TODO llevará sanción. Tanto presentar el 180 fuera de plazo, como el 115 fuera de plazo, como el 036 fuera de plazo.

Lo bueno que tiene es que las sanciones serán pequeñas, y si usted no protesta y las paga de conformidad, tienen una reducción.

Por tanto, y dado que no hay nada que alegar (usted no presentó las cosas en plazo, y por tanto de ahí no hay mucha protesta posible) le recomiendo que lo presente cuanto antes, y cuando lleguen las sanciones las pague. Es lo más provechoso que puede usted hacer para salir de la situación.

Un saludo.
17/10/2008 18:36
Muchas gracias tributo. Eso es lo que voy a hacer, aunque tiene un poco de mala sombra. Un saludo, y de verdad muy agradecida por el consejo.