Hola Víctor. Pues siento decirte lo mismo que te dice el compañero o la compañera. Aunque hayas pedido un informe de tus cotizaciones (creo que es así), las que te envían son las correspondientes a las de contingencias comunes, ya que las profesionales solo son de aplicación para solicitar el desempleo, en un accidente de trabajo (incluso, una pensión derivada del mismo) o en una enfermedad profesional.
Deberías asimismo y para tu tranquilidad (con independencia de guardar los recibos de salarios), dirigirte nuevamente a la Tesorería de la Seguridad Social solicitando, no solo las de comunes, sino también las de profesionales. De esta forma quedarás más convencido o tu duda se habrá confirmado y deberás denunciarlo a la Inspección Provincial de Trabajo.
No es mala idea el estar pendiente de que se cumplan las obligaciones que generan derechos al trabajador: bastante hay con que algunos les paguen de menos. Pero así mismo, no podemos poner a todos los empresarios bajo sospecha de incumplidores.
No soy mal pensado,,, solo que no lo tengo claro de que lo esten haciendo correctamente.
Os pongo un ejemplo para ver si me queda mas claro:
Sumando todos los conceptos de mi nomina suman 2.000 €, de estos, 1.500 € son en la mayoria de los conceptos y los otros 500 € son por horas Extras.
Tengo una retencion que lo llama Cotizacion a la Seguridad Social del 4,7% de los 1.500 € y luego tengo una retencion que lo llama Cotizacion por horas Extras del 4,7 % de los 500 €.
Cuando he pedido las cotizaciones a la Seguridad Social, unicamente tengo cotizado los 1.500 €..... pero si es como tu dices, ¿no me deberian de cotizar los 2.000 €, ya que me retienen el 4,7 % de ambos conceptos?
Gracias.
Pues claro que cotiza a la seguridad social, no pienses que siempre los empresarios se quedan con tu dinero.....
Las horas extras cotizan en para la prestación de desempleo y para los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así que no seas tan mal pensado......
Piensa que todo aquello por lo que pagas en tu nómina y que se lo "queda la empresa", ella tiene que pagarlo también, lo único que tú nunca verás cómo lo hace y en caso de que no lo haga, no te preocupes que ya le cazará la Inspección de Trabajo.
Ok... eso es lo que estan haciendo.... pero la BC especifica de horas extraordinarias. ¿para que sirve? unicamente para que el empresario se quede con parte de dicho valor. ya que esa base no cotiza a la Seguridad Social.
Victor.
hola Victor, tengo entendido que las horas extras cotizan tanto en la BC de accidente de trabajo y enfermedades profesionales (que solo paga el empresario) y en la BC específica para horas extraordinarias.
un saludo
Buenos Dias.... tengo una pregunta.
Mi empresa me retiene el 4,7% de las horas extras que realizo, pero no las cotiza a la Seguridad Social, unicamente las cotizo para la Base de Accidentes. ¿ Es esto correcto? ¿ Las horas Extras tambien deberian de Cotizar a la Seguridad Social? Si es asi, puedo reclamar las cantidad de dinero retenido y no cotizado?
Gracias.
Victor.