Alguien se ha visto en la situación de que la empresa le retenga de menos? es obligación del perceptor pagar esa diferencia o es imputable a la empresa que hizo mal la retención? siguiendo la base del art. 101 de la ley IRPF en la cuál dice "
Cuando la retención no se hubiera practicado o lo hubiera sido por un importe inferior al debido, por causa imputable al retenedor u obligado a ingresar a cuenta, el perceptor deducirá de la cuota la cantidad que debió ser retenida"