Acabo de contratar a un trabajador comunitario en mi empresa(18-11-2003).Entiendo que al no llevar 183 dias(desde el 18-11-2003 al 31-12-2003) se le debe retener como no residente(25% de su salario).A partir del 1-1-2004 le debo retener como al resto de los trabajadores?ruego respuestas. saludos