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Retencion alquiler

2 Comentarios
 
01/10/2004 22:49
Sólo apuntar que la obligación de retener existe cuando la renta anual supera los 901,52 euros (unas 150.000 de la antiguas pesetas), con independencia (como apunta ROMERO) de que el arrendatario sea persona física, sociedad, o simplemente disponga del local para ... echarse una siesta.
Un saludo.
26/09/2004 11:42
El hecho de que el arrendatario sea persona física o jurídica no influye al determinar la obligación o no de practicar retención, por lo tanto si existe obligación de practicar retención en el caso que expones.
Retencion alquiler
02/07/2004 19:06
Quisiera saber si el alquiler de un local destinado a so comercial lleva retención del 15% aunque el arrendatario sea un autónomo y no una sociedad.
Muchas gracias