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resumen sobre los abogados de oficio

3 Comentarios
 
Resumen sobre los abogados de oficio
26/11/2004 14:04
En definitiva, yo tengo entendido lo siguiente:

1.SI QUIERES UN ABOGADO:tienes dos opciones:
a)Un abogado de pago:le tienes que pagar tú, puedes acudir al que quieras y fijar libremente con él sus honorarios sin ninguna estipulacion fijada por ley(podría hacerlo gratis si quisiera). Puede ejercer un abogado de otra provincia o comunidad autónoma.
b)Un abogado de oficio: sólo si por circunstancias económicas desfavorecidas te puedes acoger a la ley de asistencia jurídica gratuíta.Le paga el Estado según unas estipulaciones tipo fijadas y tiene que ser del colegio de abogados de tu provincia.

2.SI NECESITAS OBLIGATORIAMENTE UN ABOGADO:por estar procesado y que se requieran sus servicios.Puedes elegir abogado de tu confianza o bien uno de oficio(aun no entrando dentro de los supuestos de la ley de asistencia jurídica gratuíta).

En ambos casos,los abogados de oficio son gratuitos si se te conceden, pero sólo si llevan todo el caso. Si alguien tiene un abogado de oficio y antes de acabar decir cambiar, es normal que el abogado de oficio pida que sus honorarios, hasta ese momento, los pague el cliente, pues el abogado habría hecho su trabajo y el Estado no le pagaría por no acabar con el tema.

Yo no tengo mucha idea de derecho, así que aviso para que nadie se guíe por este mensaje, lo último que quiero es confundir a alguien, ésto es sólo lo que yo creo pero puedo estar equivocado.
Por esto escribo este mensaje, para que cualquiera me corrija y me ayude a clararme definitivamente en aquello en lo que me haya equivocado.Así además podrá servir de ayuda a muchas personas que, según he leído por el foro, también tienen dudas sobre este tema en concreto.
Muchas gracias.
26/11/2004 16:06
En primer lugar decirte que te busques un abogado, de oficio o pagado, porque te voy a denunciar por plagio, me has copiado un párrafo entero sin citar fuentes...que es broma, que ma da igual que hayas copiado el párrafo...

Decirte que te equivocas en el punto primero, puedes fijar con el abogado el precio, pero existen unos límites que marca cada colegio de abogado, por lo que, en primer lugar, no podría representarte gratis, porque existe un mínimo, tampoco podría cobrarte a comisión de lo que saque, ya que está prohibido, etc...
La mayoría de los abogados cobra lo que indica su colegio para cada procedimiento.
27/11/2004 20:54
ja,ja,ja es verdad lo tengo que admitir te copié un párrafo.De todas formas gracias por contestar mi mensaje y aclararme un poco mejor todo ésto.

Otra pregunta:¿hay alguna forma de tener un abogado contratado "a prueba" por un tiempo por si no te satisfacen sus servicios?
03/12/2004 12:56
El precio lo fija el abogado, teniendo en cuenta normalmente las normas sobre honorarios, y el cliente lo acepta o no. Los arquitectos o los dentistas no fijan el precio con el cliente, lo imponen, y lo mismo los abogados (como es mi caso). No está prohibido cobrar un porcentaje sobre el importe que se consiga, que no es una comisión, lo que está prohibido es sólo cobrar un
porcentaje ("quota litis"), y no cobrar por sus servicios profesionales. Por otra parte es cierto que existe la colegiación única, un abogado español puede ejercer en cualquier parte del territorio nacional, pero necesita que el colegio de origen lo comunique al de destino. Caben hacer otras matizaciones más, pero creo que de momento es suficiente.