Resulta que el ayuntamiento abre expediente a un trabajador laboral y posteriormente resuelve contrato, se llega a juicio y se declara despido NULO, el fraude de ley (contrato indefinido), abonos dejados de percibir y la reincorporación inmediata. Posteriormente se solicita al juez la ejecución de sentencia, pues el ayuntamiento sigue sin decir nada. El ayuntamiento recurre la sentencia, el juez
cita a ambas partes por la ejecucion de sentencia y el letrado del ayuntamiento dice a su señoria que se atienen a el art.. y que le pagaran al trabajador sin que vaya a trabajar.
El trabajador recibe la nomina con regularidad y hace unos dias que el ayuntamiento le comunica por escrito, que su contrato se ha terminado y que su relacion queda extinguida.
La juez fallo Fraude de Ley, ¿como pueden volver a resolver el contrato? ¿eso es prevaricacion no?
La notificación del que habían interpuesto el recurso no llego hasta 2 dias antes de la fecha del juicio para ejecución de sentencia.
Una vez instada la ejecucion de sentencia, el abogado del ayuntamiento acepto abonar las nominas mientras dure el recurso pero sin que tenga que ocupar su puesto el trabajador.