Se anuncia querella,ante Juzgado de guardia, relatando en dos lineas los presuntos actos delictivos, contra ciertas personas, a las que se identifica, a la vez que se solicita la a.j.g. ante el juzgado pidiendo la suspensión del plazo de interposición, hasta que los meritados profesionales sean designados y notificados al solicitante.
Sorprendentemente, resuelve el juzgado que por turno correspondió, en el mes de agosto, con el archivo y sobreseimiento, al no apreciarse indicios de delito, dando un plazo de 3 días para el recurs. reforma.
A saber: No se envió documentación alguna, al estarse a la espera de las designaciones profesionales, a quienes se les daría.
2º.- La querella anunciada, solicitud de a.j.g., y la suspensión del plazo a los efectos fue todo registrado en un único folio a una cara.
¿Cómo es posible? ¿que se ha de realizar? ¿Existe alguna forma de anular esa resolución sinsentido, sin interponer recurso reforma, para el que, paradójicamente, habría que solicitar nueva a.j.g.??¿?¿