Si se acuerda en Junta de propietarios restringir el uso de la piscina a los morosos, es extensible este acuerdo a los inquilinos de los morosos?.
Y en caso de decidir suprimir la piscina pueden los propietarios morosos utilizarla? y los inquilinos de esos morosos pueden entrar en zonas comunes como la piscina no abierta?
Todos los acuerdos tomados en Junta de Propietarios mientras no sean impugnados serán validos, en mi comunidad acordaron no dar la llave de piscina a los propietarios morosos.
pero ¿quien va impedir la entrada de los morosos y sus inquilinos?.
Mientras no haya una persona encargada de ese menester, los morosos entraran.
Gracias Juanchito por tu respuesta, tengo claro que al propietario moroso no se le puede impedir moverse por la propiedad comunitaria a pesar de estar sancionado hasta que deje de ser moroso, solo que considerando que su propiedad la tiene alquilada en temporada de verano tendría mucha cara presentarse en la piscina a pasear, lo cual creo que puede hacer
un efecto disuasorio para mantener la morosidad. En cuanto al inquilino veo mas facil que asuma su situación de no poder utilizar la piscina por la morosidad de su arrendador y al cual debe exigirle responsabilidad por no poder utilizar un servicio incluido en el precio del arrendamiento (privado, no declarado turístico). Abusando de tu atención pregunto, ves algún problema legal para este procedimiento.
Cuando me entere que en una comunidad que pertenezco en Cataluña, los ignorantes de la junta decidieron no entregar la llaves nuevas que se colocaron en la piscina y sus anexos, a los morosos me quede sorprendido.
1º.- La decisión no fue tomada en junta de propietarios sino entre los presidentes de los tres bloques.
2º.- Legalmente una vez que se apruebe en junta .se debe pasar este acuerdo a los estatutos de la comunidad.
Mi opinión es que legalmente si no se ha aprobado por unanimidad el acuerdo no se podrá incluir en los estatutos cosa imposible.
La audiencia provincial de Valencia dice que es legal y la de Alicante que no
La LPH solo dice que al moroso se le pueden quitar el derecho a voto y la de impugnar salvo que consignen o paguen el importe de la deuda en el en el juzgado.
Yo solo le veo una manera de obligar al moroso a pagar , pero en la practica no sirve para nada.