Por lo que veo, no consideras viable restitución de la que hablo, aún teniendo la vivienda registrada (RP) a mi nombre y no habiéndose inscrito en el RM a nombre de la S.L. después de 6 años. ¿Entiendo que no hay otra alternativa que seguir los pasos que me comentas?
Te cuento lo que se. Si tienes más de un 5% del capital social puedes exigir al administrador la convocatoria de junta extraordinaria. Si como comentas, no se presentan cuentas desde 2006 eso es un incumplimineto manifiesto de las obligaciones de administración para con al empresa. Puedes incluir en el orden del dia un punto que sea la acción social de la empresa contra el administrador por incumplimiento de obligaciones. Si no se convoca junta (que sería lo normal) puedes pasar, en el término de un mes, a presentar demanda en lo mercantil contra el administrador por incumplimiento de obligaciones ... tal como comentas es bastante flagrante y seguramente, investigando, saldrán más cosas. Una vez demandado el administrador pides las responsabilidades correspondientes para con al empresa y tras resolución puedes pasar a pedir responsabilidades por perjucio a un socio ...
Si se acuerda la junta extraordinaria pide la presencia de un notario a cargo de la empresa, cosa a la que está obligado el administrador. En el transcurso de la junta pides responsabilidades y que se explique todo lo que comentas ... según sus respuestas podrás plantearte las acciones legales correspondientes con el acta notarial en mano.
Hace 6 años realicé la cesión como aportación no dineraria de una segunda vivienda a una sociedad que se había constituido un año antes. Esta vivienda soportaba una hipoteca, y en el momento de la cesión, en la escritura de constitución se especificó que dicha hipoteca debería pasar a nombre de la sociedad.
Ha pasado el tiempo sin que el administrador (el otro socio de la sociedad) hubiera registrado la vivienda en el registro de la propiedad ni en el registro mercantil. La hipoteca sigue estando a mi nombre y yo estoy pagando su cuota.
He intentado contactar con el administrador para resolver esta situación pero me ha sido imposible, y la sociedad no presenta cuentas desde 2006.
Tengo entendido que se puede exigir la restitución si transcurridos 6 meses desde la firma de la escritura de ampliación de la S.L, no se ha inscrito el bien en el registro mercantil ¿Es cierto? ¿Existen otras alternativas para poder recuperar la vivienda?