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responsablilidad derivada.

4 Comentarios
 
Responsablilidad derivada.
27/08/2007 15:29
hola a todos, he estado echando un vistazo al foro y existen varios comentarios referentes a este tema. sin embargo, ninguno de ellos responde a una question personal que se me esta planteando.
Mi pregunta es la siguiente:

Una sociedad S.L. de la que soy accionista minoritario tiene grandes deudas tributarias. El embargo es inminente y con ello la responsabilidad derivada.
Yo, como responsable solidario, querria saber si los bienes que he recibido en herencia (de los que mi madre es aun usufructuaria) tambien estarian incluidos en el embargo.

Tengo entendido que la ley de responsabilidad derivada no entra en los bienes heredados personales.

Muchas gracias de antemano
28/08/2007 09:18
Si Usted es solamente socio minoritario de una sociedad limitada, solamente responderá hasta el límite de lo aportado a la Sociedad. Unicamente tendría responsabilidad solidaria en el caso de que fuese administrador.
28/08/2007 11:00
Hola Rick, te agradezco mucho que te hayas tomado la molestia de responder.
Perdona la confusion, en teoria tambien soy administrador aunque realmente no ejerzo ninguna funcion, es mas, no voy por alli desde hace mas de 10 anos.

Se seguro que soy responsable solidario porque me estan llegando cartas de embargo a casa. Lo que me tiene mas preocupado es el tema de la herencia. No se si entran en las herencias.

Gracias otra vez por tu ayuda.
28/08/2007 11:39
Es indiferente el modo por el cual adquirió los bienes. Por tanto, los bienes heredados son embargables y, como es su caso, también la nuda propiedad sobre un bien inmueble.
No obstante, ese hipotético embargo de su derecho de nuda propiedad no afectará al disfrute del usufructo por parte de su madre.
Por otra parte, si dispone de otros bienes, rentas, etc. suficientes para cubrir la deuda, no creo que, en términos generales, sea interesante para Hacienda embargar un derecho de nuda propiedad sobre un bien inmueble sobre el que existe un usufructo vitalicio; ya que su valor en subasta no debe ser muy cuantioso (salvo que su madre tenga una edad avanzada, el bien inmueble sea muy interesante o no existan cotitulares de la nuda propiedad).
28/08/2007 12:22
Muchas gracias Rick.