Nuestra comunidad de reciente construcción tiene varios problemas de construcción. La promotora está en quiebra y la constructora se niega a cualquier saneamiento de los desperfectos reclamados debido a que la promotora le debe dinero. La contructora ha iniciado el procedimiento judicial contra la promotora. ¿Quien debe responder a nuestras reclamaciones? Muchas gracias
Hemos comprado a la promotora. Esta se encuentra en quiebra y los "señores" que firmaron la escritura entonces (que tenian los poderes) ya no trabajan para esta promotora. El dueño (de 90 años) se encuentra en Suecia. Es decir no sabemos que hacer.
Muchas gracias!
Debéis contratar a un Abogado y él os recomendará los pasos a seguir.
Dependiendo de la naturaleza de los daños, es posible que la constructora responda, sin que pueda alegar incumplimiento en el pago por parte de la Promotora.
Asimismo debéis averiguar con quien ha contratado la promotora los seguros a que se refiere la Ley de Ordenación de Edificación en caso de que la licencia de obras sea anterior a mayo de 2000.
Los técnicos intervinientes (Arquitectos y Arquitectos Técnicos, también pueden incurrir en responsabilidad, si bien habrá que estar a la causa de los daños materiales).
Necesitaréis asimismo un informe redactado por un Arquitecto Superior a fin de que describa los daños materiales, la causa, la solución constructiva y el coste económico de la misma.
Cuando hablamos con abogados siempre nos dicen que lo ven muy complicado y costoso...
¿Que tipo de daños estan cubiertos por la garantia y cuales por el seguro que debe tener la promotora? Tenemos de toda clase (p.E. se han movido tuberias de agua residual y ahora salen aguas fecales al exterior de una zona común)
Muchas gracias
Buenas noches,
segun de que tipo de daños se trate tendran unos años de garantia u otros. En estos casos se suele acudir a un abogado y contactar con un tecnico para que os realice un informe pericial de los daños existentes y su origen. El abogado trabajaria sobre eso para demandar a la promotora.
Chris
la responsabilidad por vicios en la construccion depende del vicio de que se trate, puede ser debido a ejecucion de obra, a proyecto, a calidades, la individualizacion de los mismos depende de la opinion de un tecnico, el promotor es reponsable solidario en todo caso, y cuando no pueda imputarse la culpa a alguno de los intervinientes en el proceso constructivo.
En principio, la garantia es de la totalidad de la construccion entregada.
Gracias Teofilo y Diana.
El problema principal es que no vamos a conseguir nada demandando a la promotora ya que esta en quiebra (opinión de abogados). ¿Los señores de la promotora que firmaron nuestras escrituras siguen siendo responsables aunque ahora dicen que ya no trabajan para la promotora?
hay o pueden haber desperfectos que sean responsabilidad del constructor, o del aparejador o del arquitecto...el promotor, como te dije, responde siempre solidariamente, y cuando no sea posible saber el culpable del desperfecto.
Poneros en mano de un abogado, preparar informe tecnico y con el resultado decidir una cosa u otra.
El tema de responsabilidad de los firmantes de las escrituras, es un poco mas complejo puesto que cabri responsabilidad de los administradores pero en supuestos por ley establecidos, no siempre.
A nosotros la promotora nos pagaba 60000€ entregándole solo la relación de desperfectos. La comunidad no acepto el acuerdo y decidio denunciar e ir al juzgado.Resultado en 1ª instancia: exoneran de responsabilidad a arquitecto y aparejador y nos condenan en costas de estos dos profesionales (47000€), nosotros nos pagamos nuestras costas (desconozco el importe) y acepta solo el peritaje de estos profesionales, rechazando el nuestro realizado por una aparejadora (perito judicial),y condena a la promotora a reparar según este peritaje. (Curiosamente el mismo importe).
Es decir, que encima a la comunidad nos va a costar más de 60000€ de costas.
Y para más inri, nos informa el presidente, abogado y administrador que hemos ganado el juicio, que eso no es perder. A mi se me quedó una cara de tonta, y absolutamente nadie dijo nada, todos se quedaron convencidos que eso es ganar. No se va a recurrir.
Yo no he visto la demanda ni el peritaje -penoso- pero me imagino que no se enfocaría adecuadamente. ¿Qué os parece? ¿qué se puede hacer ahora?
El llamado seguro decenal es un seguro que cubre los daños estructurales del edificio, por lo que habrá que ver que tipo de defectos tiene.
Efectivamente, los administradores pueden tener responsabilidad de caso de negligencia, pero no así los apoderados, o por lo menos es improbable. Ellos son simples ejecutores.
Respecto a quien demandar, yo desde luego según la cantidad y tipología de los defectos, demandaba a todos, incluido arquitecto, y luego que el juez decida de quien es la culpa ya que para llegar a ese punto seguro que tendrar que intervenir peritos.
Muchas gracias!
¿Cuanto tiempo hay para reclamar desperfectos no estructurales y como se calcula el plazo? Para casa supongo desde la compra y para la zona común?
Saludos
Desperfectos que afectan a la habitabilidad, 3 años desde la entrega, plazo no interrumpible.
Acabados, 1 año.
Cuidado a quien demandais porque os impondran las costas respecto de los que no sean finalmente condenados.
60.000 euros de costas? reclamabais 700.000euros, porque de lo contrario,no es posible...
Una reclamacion por vicios constructivos, la victoria depende en un 70-80% del perito; lo mejor siempre es demandar al promotor y luego que este, si quiere repita contra los responsables, por la responsabilidad en todo caso que la LOE establece.
El 90% de los informes que hago de este tipo son para demandar al promotor y en todo caso al constructor. A partir de ahi, ellos mismos intentan dar la culpa muchas veces al redactor del proyecto o a la direccion facultativa de la obra.
un saludo
si teneis alguna consulta
dianasm_arquitecta@hotmail.com
será al reves....el promotor en todo caso(la solidaridad le viene impuesta por ley), el constructor unicamente responde de ejecucion y de los materiales que emplea.
Por eso mismo que responde de la ejecucion y de los materiales que emplea. La mayoria de las veces los defectos detectados son por una ejecucion incorrecta o inadecuada; o por no seguir el proyecto. Luego estan los errores de diseño (proyecto).
En todo caso repito que casi todos los informes que he hecho iban contra el promotor. Si luego yo he detectado durante mi estudio que es fallo de diseño tambien se va a por el redactor del proyecto.
De todas manera cada caso es distinto, se tiene que hacer un estudio de las deficiencias detectadas y actuar en consecuencia, demandando al o los responsables (eso es cosa del abogado) mi trabajo es detectar fallos y decir sus causas.