Hola buenos dias necesitaria q alguien me aconsejara sobre una serie de dudas y agradeceria la brevedad de las respuestas
Estoy citado en un requerimiento como responsable penal x un delito de lesiones y me piden una fianza que debo depositar en un plazo de 3 dias la cuantia de la misma me es imposible reunirla en este plazo y en la citacion pone que si no lo hago me embargaran los bienes a mi nombre.
Actualmente estoy desempleado cobrando la prestacion x desempleo pero tengo la casa al 50% con mi pareja en la que estamos los 2 como titulares de la misma mi pregunta es si pueden embargarmela a modo de fianza y si se puede prorrogar el plazo para abonarla.
Y en segundo lugar en este mismo requerimiento el dueño de la empresa esta citado como Responsable Civil Subsidiario y le han ordenado ingresar una fianza por un importe casi identico al mio en lo que me pregunto si con uno de los 2 que ingrese la fianza seria suficiente o se computan de forma independiente?
Y en el caso de que en el juicio fuera culpable yo ya tengo asumido que la parte penal sera exclusiva mia pero mi duda es si la parte economica tambien la debo satisfacer yo o el responsable subsidiario muchas gracias de antemano por las respuestas
Pueden embargarla, pero si es para fianza, nunca lo hacen. Puedes solicitar una ampliación del plazo. Cada uno debe ingresar la fianza que le exigen. El responsable civil subsidiario sólo responde cuando el condenado no puede hacerlo.