Quería hacer una consulta sobre una sociedad que ya se encuentra en fase de liquidación.
Antes de entrar la empresa en concurso, el administrador de la empresa, decidió junto a una gestoría y su abogado, cubrirse haciendo desaparecer diverso material del inmovilizado, se realizaron ajustes contables y demás para poder hacer esta operación. A los trabajadores se nos comunicó, que debido al resto del patrimonio de la empresa, no habría problema, ya que cobraríamos todo.
Llegada a la fase de liquidación, nos encontramos con la sorpresa de que habrá dinero para pagar los créditos contra la masa, pero que no se cobrará los créditos concursales...
Entonces mi consulta es la siguiente...
Debo informar al juzgado de lo mercantil sobre estas propiedades que hicieron desaparecer, o debo reclamar por lo penal, dado que el concurso ya está calificado?
Existe alguna responsabilidad a los trabajadores que en su momento quisimos ayudar al administrador creyendo que cobraríamos? Me refiero al no haber comunicado en su momento la desaparición de estas propiedades.