Hola: Quería saber la posibilidad de éxito si demando por lo mercantil a una sociedad anónima en liquidación que mantiene una deuda en concepto de indemnización por despido improcedente a favor de un trabajador. Dicha sociedad nunca ha registrado su unipersonalidad sobrevenida. ¿Puede ser responsable su administrador-liquidador-único socio de la deuda que mantiene con el trabajador?
Gracias Omabogados. La empresa lleva años sin inscribir la unipersonalidad sobrevenida al comprar uno de los socios la totalidad de las acciones del otro. Mi duda era si los créditos a favor de los trabajadores tenían la misma consideración que los créditos a favor de los proveedores o empresas comunes en el tráfico mercantil, con eso de que la publicidad mercantil es fundamentalmente para garantizar los derechos de terceros que comercien con la empresa más que en beneficio de los trabajadores. Gracias.