Una SL, hay dos socios ( matrimonio ) y una de las hijas es administradora única pero sin ser socia. Si la sociedad tiene deudas en principio se va contra los bienes a nombre de la sociedad, si no queda todo saldado con ello se va contra los bienes de los socios en proporción al porcentaje de participaciones y por último contra los bienes del administrador. No tengo claro se van primero a por los socios y luego a por el administrador o a la inversa.
He estado leyendo que ir a por bienes fuera de la sociedad sería en caso de flagrante delito, sin embargo me han comentado que Hacienda, Seguridad Social y demás administraciones consideran siempre " flagrante delito " Es esto cierto?
Qué riesgo corre el matrimonio socio que quiere rehipotecar su casa para hacer una aportación de capital a su sociedad porque va mal??
Una última cuestión, cuando digo que si se puede ir contra los bienes de los socios en proporcion a su participación me refiero a su patrimonio personal o sólo se pordría ir contra lo que ellos hubiesen aportado a la sociedad, dinero, bienes, etc.
Como su nombre indica una Sociedad de Responsabilidad Limitada, limita la responsabilidad personal de los socios, solo en los casos de responsabilidad de la Ley se podría ir contra los bienes personales de los administradores.