Tu responsabilidad dentro de la Sociedad frente a terceros, es lo correspondiente a tu aportación al Capital Social, y siempre y cuando no se haya podido advertir que haya habido mala gestión en la misma, pero en este caso seria responsabilidad del Administrador, en todo caso el presentar expediente de suspensión de pagos no significa que no podais continuar con la misma, ya que si podeis superar la suspensión de pagos, podeis seguir trabajando en la misma.
Muy buenas, agradeceria si pudieran ayudarme en esta cuestion.
El caso es que poseo el 20% de las participaciones de una S.L. donde estoy trabajando, el otro porcentaje lo posee el administrador unico, el problema es que la empresa va a presentar a suspension de pagos, ya que la deuda que tenemos es muy grande, y estoy un poco preocupado por si de alguna manera legal podrian ir contra mi.
Agradeceria mucho si pudiesen ayudarme en esta cuestion, pues me preocupa bastante.
Muchas gracias.
Un saludo