Soy el presidente de una comunidad, tenemos un contrato de limpieza con una empresa. Dicha empresa, no ha pagado a sus trabajadores los ultimos dos meses, tampoco a la seguridad social. Segun esos trabajadores, nosotros tendriamos la responsabilidad segun el articulo 42 del estatuto de los trabajadores de pagarles si su empresa no lo hace. Es cierto eso?