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responsabilidad penal?

11 Comentarios
 
Responsabilidad penal?
perfil Gem
25/01/2007 12:44
Buenos días,
No sé si este es el foro al que me debo dirigir. mi consulta es la siguiente, un amigo se ha hecho la depilación láser y en la primera sesión se ve que le han producido mucho daño, y lleva una semana con el pecho rojo y lleno de costras, preguntando a otro centro me comentan que lo normal es que se quede roja la zona un par de horas, no más, y me pregunto de qué manera podemos pedir responsabilidades, le he dicho que acuda al centro y a su médico a que le haga un informe detallado de lo que tiene, para poder denunciarles...me podeis ayudar por favor...
Muchas gracias.
perfil Rus
25/01/2007 18:13
Pueden reclamar a través de consumo pero no van a coseguir nada, así que como van a necesitar un abogado, lo mejor es que vayan cuanto antes a un despacho para que les indique cuáles son los pasos que van a seguir.

Como siempre es bueno tener algo por escrito, puede ir al centro y pedir una hoja de reclamaciones para que quede constancia de su problema y de las alegaciones de la empresa. Lo digo por no dejar que pase el tiempo y que después el centro diga que hizo cosas raras.
25/01/2007 18:41
¿Que tal la vía de la responsabilidad civil contractual? La penal no se yo si ......
perfil Rus
25/01/2007 18:50
Eso se me había olvidado. Es que cuando pienso en hojas de reclamaciones...je, je.

Aunque si finalmente el pecho no queda bien, ¿se podría hablar de lesiones por imprudencia?
25/01/2007 19:23
Es otro modo de enfocarlo, pero habrá que acreditar penalmente esa imprudencia.
perfil Gem
26/01/2007 09:07
pienso yo que vaya por civil o penal se llegaría al mismo punto? es decir de estimar la demanada o denuncia impondrían sanción pecuniaría?
igual se debería por civil, juicio verbal u ordinario dependiendo de la cuantía o por otro procedimiento?
26/01/2007 09:16
En cualquiera de las dos jurisdicciones se ventilaría la responsabilidad civil, consistente en los daños causados, tanto materiales como personales. Si fuese por lo penal y se diese sentencia de culpabilidad se añadiría, además, una condena que, si es por la imprudencia del 621 CP, consistiría en una multa pecuniaria.
26/01/2007 09:39
Hola:

Tiene que acudir enseguida a que le reconozcan y emitan un Informe, antes de que desaparezcan las lesiones.

En esos casos,suelen alegar que el paciente tomó el sol antes de las sesiones, contraviniendo así las directrices del doctor.

En el siguiente enlace, tienes Jurisprudencia que te ayudará a ver qué requisitos se exigen para estimar la existencia de ilícito penal o no.

www.aeds.org

De todas formas, vi una Sentencia acerca de un tema similar al tuyo; ya te la buscaré.

Mucha suerte.
perfil Rus
26/01/2007 11:17
El problema es que si lo absuelven en penal será más complicada una condena en civil, por lo que quizás sea más práctico ir directamente por lo civil.
perfil Rus
26/01/2007 11:18
Sobre todo si te toca un Juez de esos a los que les gusta absolver en base al principio de intervención mínima del derecho penal.
26/01/2007 19:20
Rus ¿en que consiste ese principio, dónde está recogido?
perfil Rus
26/01/2007 19:42
Significa, más o menos, que sólo se debe acudir al derecho penal cuando no hay otras vías.

Se absuelve a los vendedores de CD y DVD falsos porque las discográficas pueden defenderse en vía civil. El tro día absolvieron del delito de abandono de familia a un padre que nunca había pagado la pensión de alimentos porque la señora en todos los años que habían transcurrido desde la sentencia no había pedido la ejecución.