una persona se cayó en un parque público, concretamente el parque del Alamillo de Sevilla. Dicho parque, aunque pertenece a dos municipios distintos, es un equipamiento que por su singularidad permanece en el seno de la junta de andalucía, que lo construyó junto con la empresa pública del suelo, y su gestión y mantenimiento se lleva a cabo actualmente por medio de dicha empresa pública (orden de 22 a abril de 1998)
La pregunta es si la reclamación patrimonial tengo que dirigirla solo a la consejería de obras públicas y vivienda junto con EPSA -eso es lo que me han informado en la consejería-, o también a los ayuntamientos de forma solidaria.
Gracias por vuestra opinión