Es el primer asunto que estoy llevando sobre responsabilidad patrimonial y necesito un poco de ayuda. Hemos finalizado la fase administrativa previa, con una resolución desestimatoria al respecto. Ahora tenemos plazo de dos meses para interponer el correspondiente recurso contencioso administrativo. Aqui comienzan mis dudas, porque no se por qué tipo de procediemiento discurre...ya que tan solo reclamamos 3000 euros, hasta lo estudiado creo que va por el procediemiento ordinario en fin, agradecería enormemente vuetra ayuda.